JUZGADO DE GARANTIA DE SAN FERNANDO

MP C/ MARINO JOSÉ MARTÍNEZ SUBERO Y OTROS

Rol

Fecha

19 de mayo de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos 1° Que, el Ministerio Público apeló de la resolución que declaró ilegal la detención de los imputados Joshua Antonio Guzmán León; Daniel Alejandro Méndez Méndez, Joan Eduardo Araque Aguilera y Marino José Martínez Subero, solicitando su revocación y que se declare ajustada a derecho. 2° Que, al respecto, conforme a lo señalado en estrados por los intervinientes Carabineros, en horas de la madrugada y en el marco de un control vehicular, verifica asimismo un control de identidad preventivo de aquel contemplado en el artículo 12 de la Ley Nº20.931. De este modo, procede a fiscalizar -al interior del Servicentro Copec ubicado en Av. O’Higgins 0443 San Fernando- un vehículo que se encontraba estacionado. En ese contexto, el parte policial consigna que, al acercarse personal de Carabineros y solicitarles se bajaran del auto para realizar el control, percibieron un fuerte olor a alcohol y marihuana que provenía desde el interior del vehículo, encontrando en la guantera un arma de fuego del tipo pistola junto a un cargador con 4 cartuchos .9 mm y diversas cantidades de droga dosificada (marihuana, clorhidrato de cocaína y ketamina), procediendo a la detención de los imputados en situación de flagrancia. 3° Que, al respecto, cabe precisar que el artículo 12 de la Ley 20.931, faculta al personal policial para verificar la identidad de cualquier persona mayor de 18 años en la vía pública y, en particular, dicha normativa se refiere específicamente a las labores de supervigilancia en relación con la Ley 18.290, señalando que puede realizar controles preventivos de los ocupantes de un vehículo, contexto en el cual el origen del procedimiento se encuentra ajustado a derecho. 4° Que, ahora bien, en las condiciones antes referidas y atendido lo apreciado por Carabineros, esto es, percibir un fuerte olor a alcohol y marihuana que provenía desde el interior del vehículo, pudieron observar en su interior un arma de fuego del tipo pistola, todo lo cual -por lo demás- constituye

Fallo

se declara que la misma se ajustó a derecho. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 442-2026-Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. Vistos 1° Que, el Ministerio Público apeló de la resolución que declaró ilegal la detención de los imputados Joshua Antonio Guzmán León; Daniel Alejandro Méndez Méndez, Joan Eduardo Araque Aguilera y Marino José Martínez Subero, solicitando su revocación y que se declare ajustada a derecho. 2° Que, al respecto, conforme a lo seña

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica