VIDAL/DIRECCION DE PREVISIÓN DE CARABINEROS DE CHILE (DIPRECA)
Rol
Fecha
18 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Que los hechos descritos en la presentación, en especial su petitorio, sobrepasan los márgenes del recurso de protección, al ser esta una acción estrictamente cautelar y no de carácter declarativo como es la incoada, debiendo el asunto ser resuelto en la correspondiente sede jurisdiccional que sea competente. Por lo que conforme a lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Archívese. Ingreso N° 2421-2026 Prot.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Archívese. Ingreso N° 2421-2026 Prot.
Texto Completo (Preview)
CH (MVT) San Miguel, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. A la presentación de folio 1: Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo
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