SANCHEZ YEVENES CRISTIAN MANUEL /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (C.L.C.)
Rol
Fecha
18 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 4 de mayo de 2026, comparece don Adolfo Mauricio Godoy Ovalle, abogado, en favor del condenado don Cristian Manuel Sánchez Yévenes, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber dictado la resolución de 30 de abril de 2026 que rechazó sin fundamentación la solicitud de libertad condicional formulada en favor de su representado. Actuación que considera ilegal y arbitraria, vulnerando con ello la libertad personal y seguridad individual, garantías consagradas en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Expone que con fecha 30 de abril de 2026 se constituyó la Comisión Especial a que se refiere el artículo 4° del Decreto Ley N° 321 de 1925. Agrega que el amparado fue informado en Lista N° 1, por la autoridad penitenciaria, atendido que registra conducta sobresaliente, sin castigos, cuenta con enseñanza media completa y cursos de capacitación, se encuentra inserto en un módulo intervenido por Gendarmería de Chile, trabaja al interior del recinto y posee una numerosa red de apoyo familiar. Explica que, no obstante lo anterior, ni la resolución recurrida ni el acta de revisión contienen razón o justificación alguna que sustente el rechazo, limitándose a invocar el incumplimiento del artículo 2° N° 3 del Decreto Ley N° 321, exigencia que estima inaplicable, por cuanto el amparado fue condenado con anterioridad a la entrada en vigor de dicha modificación legal, ocurrida el 18 de enero de 2019. Afirma que la decisión impugnada, al carecer de fundamentación y desconocer el cumplimiento de los requisitos legales, deviene en arbitraria e ilegal, conculcando la libertad personal y seguridad individual del amparado, garantías reconocidas en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, en relación con
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado respectivo, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido en favor de Cristian Manuel Sánchez Yévenes en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. N° Amparo-2044-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 4 de mayo de 2026, comparece don Adolfo Mauricio Godoy Ovalle, abogado, en favor del condenado don Cristian Manuel Sánchez Yévenes, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de l
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