SIN INFORMACION

NICOLAS ANIBAL BENJAMIN PULGAR CONTRA MJUUZGADO POLICIA LOCAL LA SERENA

Rol

Fecha

18 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1. A folio 1 Nicolás Benjamín Obando Pulgar, domiciliado en Av. Picarte n.° 2401, Valdivia, dedujo acción constitucional de amparo contra el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, fundado en que en la causa rol. 27.336-24 de dicho tribunal se despachó una orden de aprehensión en su contra por el no pago de una multa impuesta por tal Tribunal, la que se encuentra en etapa de cumplimiento por Carabineros de Chile, quienes ya han concurrido a su domicilio para notificar dicha orden. Señaló que tomó contacto vía correo electrónico con el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena para acreditar su insolvencia económica, solicitando la conmutación de la pena por trabajos comunitarios en Valdivia, a lo cual la secretaria abogada del Tribunal le respondió, de forma arbitraria, que cualquier solicitud debe realizarse de manera presencial en La Serena y que la comuna no tiene ordenanza que permita conmutar penas por trabajos comunitarios. Alegó que tanto la ilegalidad y arbitrariedad de la orden de arresto, como la negativa del Tribunal vulnerarían sus garantías constitucionales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 18.287 sumado a que la barrera de acceso a la justicia le impide comparecer personalmente al tribunal; y a la proscripción de prisión por deudas en conformidad al Pacto de San José de Costa Rica. 2. A folio 5 Ximena Hidalgo Eskuche, Juez Subrogante del Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, informó que el 19 de octubre del año 2024 Carabineros de Chile dio cuenta a dicho Juzgado que Obando Pulgar, asistió a un espectáculo de futbol profesional encontrándose impedido de ello, quedando citado para el día 30 de octubre del año 2024 audiencia a la que no compareció y tras lo cual se dictó sentencia condenatoria en su contra con fecha 20 de noviembre del año 2024 aplicándosele una multa de 3 UTM, por infringir el artículo 27 de letra F) de la Ley N° 19.327 y artículo 76 tetra ñ) del Decreto 1046. Agregó que una vez

Fundamentos

motivos expuestos y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia; Se rechaza la acción constitucional de amparo de folio 1 interpuesta a favor de Nicolás Benjamín Obando Pulgar. Regístrese, notifíquese y en oportunidad, archívese. Rol 181 – 2026 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Visto: 1. A folio 1 Nicolás Benjamín Obando Pulgar, domiciliado en Av. Picarte n.° 2401, Valdivia, dedujo acción constitucional de amparo contra el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, fundado en que en la causa rol. 27.336-24 de dicho tribunal se despachó una orden de aprehensión en su contra por el no pago de una multa impuesta por ta

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