SIN INFORMACION

REYES HURTADO, NAHUEL AMARU/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

18 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y considerando. Primero: Que comparece Nicole Estefanía Opazo Inostroza, defensora penal privada, en representación de Nahuel Amaru Reyes Hurtado, quien recurre de amparo en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, de 16 de abril del presente año, que rechaza su postulación a la libertad condicional, requiriendo su revocación. Expone que su representado cumple condena que le fuera impuesta por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, sin precisar el delito cometido, dando cuenta de que registra inicio de ésta el 4 de octubre del 2022, encontrándose previsto su término para el 2027, con tiempo mínimo para postular a beneficios el 11 de marzo del 2026. Argumenta que la resolución es ilegal, en cuanto llevaría más de veinticuatro meses de intervención en el Módulo 51, con conducta intachable, realizando de parentalidad y lectura, desconociendo el pronunciamiento impugnado un avance en su proceso de reinserción social. Precisa que, en el medio libre, cuenta con experiencia como administrador de restaurant, situación que, desconocida, hace que el acto administrativo carezca de fundamentación, más cuando la normativa no exige que el informe psicosocial elaborado por Gendarmería sea favorable al condenado, concluyendo que cumple con todos los requisitos para acceder a la libertad condicional. Por lo expuesto, previas citas legales y de jurisprudencia, pide se deje sin efecto la resolución impugnada y se conceda a su representado la libertad condicional. Segundo: Que informa Victoria Gallardo Labraña, integrante de la Comisión de Libertad Condicional del primer semestre del presente año, quien pide el rechazo de la acción. Expone que la Comisión que representa dispuso el rechazo de la postulación del amparado, en cuanto su informe de postulación psicosocial daba cuenta de factores de riesgo medio de reincidencia del condenado, lo que no permite demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la socieda

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Nahuel Amaru Reyes Hurtado en contra de la Comisión de Libertad Condicional del primer semestre de 2026. Comuníquese, regístrese y, en su oportunidad, archívese. Rol N° 338-2026 Amparo.-

Fallo

Por lo expuesto, previas citas legales y de jurisprudencia, pide se deje sin efecto la resolución impugnada y se conceda a su representado la libertad condicional. Segundo: Que informa Victoria Gallardo Labraña, integrante de la Comisión de Libertad Condicional del primer semestre del presente año, quien pide el rechazo de la acción. Expone que la Comisión que representa dispuso el rechazo de la postulación del amparado, en cuanto su informe de postulación psicosocial daba cuenta de factores de riesgo medio de reincidencia del condenado, lo que no permite demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, en tanto no presentaba conciencia del delito, ni conciencia del mal causado, ni manifestaba rechazo explícito a los delitos cometidos. Explica que las conclusiones del informe fueron compartidas por su representada, más cuando debe ser considerado un antecedente calificado al momento de evaluar al interno, concluyendo que debe dar continuidad a su plan de intervención en sistema cerrado, enfocándose en factores de riesgo generales, determinados por uso del tiempo libre, historial delictual, educación y pares y empleo; y factores específicos, como dificultad de resolución de conflictos, autocontrol y falta de adherencia, debiendo participar en talleres de asociación a pares infractores, solución de problemas interpersonales, incorporación a programas laborales, actividades deportivas y culturales, los que pueden incidir de manera favorable en su

Texto Completo (Preview)

Reyes Hurtado Nahuel Amaru Comisión de Libertad Condicional Recurso de amparo Rol N° 338-2026 La Serena, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Visto y considerando. Primero: Que comparece Nicole Estefanía Opazo Inostroza, defensora penal privada, en representación de Nahuel Amaru Reyes Hurtado, quien recurre de amparo en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, de 16 de

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