SIN INFORMACION

BUSTOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LINARES

Rol

Fecha

15 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que compareció don Elvis Pedro Bustos Reyes, e interpuso recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por su alcalde don Mario Meza Vásquez. Refiere que el 17 de julio de 2025, se le notificó la dictación del Decreto Exento N° 2689 de 12 de junio de 2025, emitido por la entidad edilicia recurrida, mediante el cual se ordenó la demolición total del inmueble de su propiedad, correspondiente al predio Rol 536-141, ubicado en Avenida Coronel de Artillería N° 1615 de la ciudad de Linares. Señala que dicho decreto se sustentó en un informe técnico de la Dirección de Obras Municipales que erróneamente determinó que la construcción no contaba con permiso de edificación. Al respecto, el recurrente argumenta que aquello es falso, puesto que el inmueble cuenta con el permiso de edificación de obra nueva N° 489, debidamente vigente, y que los problemas suscitados se deben a reiterados y sucesivos errores de la propia municipalidad respecto a la fijación de los deslindes y líneas oficiales del terreno. Reclama que el acto impugnado vulnera las garantías establecidas en los N°s. 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, referidas a la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y el derecho de propiedad, solicitando en definitiva que se deje sin efecto la orden de demolición. Segundo: Que, informando al tenor del recurso, la Ilustre Municipalidad de Linares, a través de su abogado apoderado, solicitó el completo rechazo de la acción constitucional por carecer actualmente de causa y oportunidad. Indica que, si bien es efectivo que se dictó el Decreto Exento N° 2689 que ordenaba la demolición del inmueble, con posterioridad a la interposición del recurso, la entidad edilicia dictó el Decreto Exento N° 4115, de 29 de agosto de 2025, el que tuvo por objeto expreso e inmediato dejar sin efecto la orden de demolición contenida

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, con costas, el recurso de protección deducido por don Elvis Pedro Bustos Reyes en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares. Redacción ministra Blanca Rojas Arancibia. Regístrese y archívese. N° Protección-1060-2025. Se deja constancia que no firma el abogado integrante don Marcelo Cevas Fuentes, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, por no encontrarse integrando Sala. 3

Texto Completo (Preview)

Talca, quince de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que compareció don Elvis Pedro Bustos Reyes, e interpuso recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por su alcalde don Mario Meza Vásquez. Refiere que el 17 de julio de 2025, se le notificó la dictación del Decreto Exento N° 2689 de 12 de junio de 2025, emitido p

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