JUZGADO DE GARANTIA DE TALCA

MP C/ NICOLAS ELIAS DÍAZ GONZÁLEZ

Rol

Fecha

15 de mayo de 2026

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que se discute por el Ministerio Público la resolución que decretó el sobreseimiento definitivo de la causa RIT 1 -6009-2025 del Juzgado de Garantía de Talca, seguida en contra de cinco imputados por el delito de Robo con violencia. La anterior decisión se adoptó por no haber presentado la acusación el Ministerio Público dentro de plazo. 2°) Que consta de los antecedentes del proceso que con fecha 23 de enero de 2026 el Ministerio Público comunicó el cierre de la investigación solicitado por la defensa presente en la audiencia. Luego, el 13 de febrero del mismo año, se apercibe al Ministerio Público para que presente la Acusación, lo cual realiza el 20 de febrero de 2026, acusación que fue proveída solo el 25 de febrero de este año. 3°) Que también consta que, con fecha 25 de febrero de 2026, el tribunal provee “Por formulada acusación…”, citando a la audiencia de 24 de marzo de 2026 a las 9 horas, resolución que no fue recurrida. Ese mismo día, la defensa de los imputados solicitó, para cada uno de ellos, el sobreseimiento definitivo, por no haberse formulado acusación dentro del plazo, y de acuerdo con el artículo 247, inciso 3° del Código Procesal Penal, solicita el sobreseimiento definitivo de conformidad al artículo 250 e) del citado código. A esta solicitud, se proveyó el día 26 de febrero “Discútase en la audiencia programada del día 24 de marzo de 2026”. 4°) Que, respecto de lo señalado en la norma citada por la defensa, se debe indicar que en el caso actual opera el inciso 5°, y sobre ello, se debe recordar que dicha norma fue modificada, estableciendo un plazo adicional para el caso de que no se presentara la acusación dentro del plazo que se establece originalmente. En este sentido, el inciso 5° señala que “Transcurrido este plazo sin que se hubiere deducido acusación, el juez fijará un plazo máximo de dos días para que el fiscal deduzca la acusación, dando cuenta de inmediato de ello al fiscal regional. Transcurrido d

Fallo

Por estas consideraciones y lo señalado en los artículos 247, 365 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de 24 de marzo de 2026, dictada en la causa RIT 1-6009-2025 del Juzgado de Garantía de Talca y, en su lugar se resuelve, NO HA LUGAR al sobreseimiento solicitado, debiendo el tribunal a quo, fijar nueva fecha para audiencia de preparación del juicio oral, a la mayor brevedad posible. Redactó el ministro Gerardo Bernales Rojas. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 401-2026 Penal. Se deja constancia que no firma el ministro don Gerardo Bernales Rojas, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, por encontrarse haciendo uso de permiso contemplado en el artículo 347 del C.O.T.

Texto Completo (Preview)

Talca, quince de mayo de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que se discute por el Ministerio Público la resolución que decretó el sobreseimiento definitivo de la causa RIT 1 -6009-2025 del Juzgado de Garantía de Talca, seguida en contra de cinco imputados por el delito de Robo con violencia. La anterior decisión se adoptó por no haber presentado la acusación el Ministerio Público

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