RONDA/BANCO DEL ESTADO DE CHILE
Rol
Fecha
15 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1. A folio1 Esteban Eduardo Ronda Tampier, domiciliado en calle Cosme de Molina n.° 170, Valdivia, interpuso acción de protección de garantías constitucionales contra Banco del Estado de Chile, representado por Andrea Silva Da Bove, ambos con domicilio en calle Camilo Henríquez n.° 562, Valdivia, por negarle la entrega de la parte que le corresponde sobre los fondos de la cuenta de ahorro bipersonal N°72161568083, exigiéndole para tales efectos la tramitación de la posesión efectiva de la cotitular fallecida, lo que sostiene vulnera su derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República. Refirió que el 29 de noviembre de 1985 junto a su madrina, Amelia Gumercinda Barril Olivares, abrió la cuenta de ahorro bipersonal de autos; que su cotitular falleció el 3 de febrero de 2019; que el Banco le hizo entrega de la suma correspondiente a 5 UTA, pero respecto del saldo, que a diciembre de 2025 ascendía a $20.164.511, se le han dado evasivas que se han traducido en impedirle acceder a la parte que por ley le corresponde. Agregó que el 16 de abril de 2026 concurrió a la sucursal del Banco donde una funcionaria le señaló que era necesario realizar la posesión efectiva de la titular fallecida. Sostuvo que el artículo 26 de la Ley N°16.271 sobre Impuesto a las Herencias y Donaciones y el artículo 37 del Decreto Ley N°2.079, que fija el texto de la Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile, disponen que en el caso de cuentas bipersonales, fallecido uno de los titulares, los fondos se considerarán patrimonio exclusivo del sobreviviente hasta la concurrencia de 5 UTA, y el saldo pertenecerá por iguales partes al otro depositante y a los herederos del fallecido, bastando probar el estado civil, sin que sea necesaria la resolución que concede la posesión efectiva, ni acreditar el pago o exención de la contribución de herencias. Pretende se ordene a Banco del Estado hacer entrega de la mitad de los fondos de la cuenta de ahorro
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N°24 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que: Se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Esteban Eduardo Ronda Tampier contra Banco del Estado de Chile. Regístrese digitalmente, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-435-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, quince de mayo de dos mil veintiséis. Visto: 1. A folio1 Esteban Eduardo Ronda Tampier, domiciliado en calle Cosme de Molina n.° 170, Valdivia, interpuso acción de protección de garantías constitucionales contra Banco del Estado de Chile, representado por Andrea Silva Da Bove, ambos con domicilio en calle Camilo Henríquez n.° 562, Valdivia, por negarle la entrega de la
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