SIN INFORMACION

CARLOS ENRIQUE RENGIFO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

15 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Fabián Andrés Peñailillo Pérez, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de don Carlos Enrique Rengifo, cédula nacional de identidad N.º 14.852.217-0, recluido en Complejo Penitenciario Huachalalume, ciudad y comuna de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de La Serena, por el acto consistente en la dictación de la resolución N°473-2026, de 14 de abril de 2026, mediante la cual se rechazó la solicitud de libertad condicional presentada por el amparado, vulnerando con ello las garantías de libertad personal y seguridad individual consagradas en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Indica que el amparado se encuentra cumpliendo condena por los delitos de homicidio y tráfico ilícito de drogas, a la pena única de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo, registrando fecha de cumplimiento para el 17 de diciembre de 2030, cumpliendo actualmente con el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio. Refiere que la resolución impugnada otorgó un carácter excluyente al informe psicosocial evacuado por Gendarmería de Chile, pese a que éste no fundaría sus conclusiones en elementos tangibles y determinantes, sino que, solo se fundamenta en la falta de datos sociales obtenidos como también en un, a su juicio, escaso razonamiento para la determinación de elementos como la falta de conciencia del delito, del mal causado y rechazo explícito a la comisión de nuevos delitos. Hace presente que con fecha 29 de abril de 2026 se evacuó pericia psicológica por el profesional Andrés Herrera, consignando las conclusiones de este, y afirma que conforme a tal informe se puede establecer que Carlos Rengifo tiene conciencia del delito, del mal causado y rechaza explícitamente la comisión de delitos, manteniendo incluso en régimen intramuros una actitud prosocial. Finaliza solicitando se acoja el recurso de amparo y, en definitiva, se restablezca el imperio del derecho, disponiendo se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando se le conceda aquella de manera inmediata. SEGUNDO: Que evacuó informe la Comisión de Libertad Condicional, señalando que en sesión de 14 de abril de 2026 se acordó rechazar la solicitud formulada por don Carlos Enrique Rengifo, toda vez que, se estimó que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que el informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un riesgo medio de reincidencia y no presentar conciencia del delito, conciencia del mal causado, ni manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos. Añade que el nivel de riesgo que presenta el amparado está asociado a la presencia de factores generales de riesgo tales como empleo/educación, in

Texto Completo (Preview)

Rengifo, Carlos Comisión de Libertad Condicional Recurso de amparo Rol N°335-2026.- La Serena, quince de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Fabián Andrés Peñailillo Pérez, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de don Carlos Enrique Rengifo, cédula nacional de identidad N.º 14.852.217-0, recluido en Complejo Penitenciario Huachalalum

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