SIN INFORMACION

WILFORD GIBBS / MINISTERIO DEL INTERIOR Y OTRO

Rol

Fecha

15 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interpone recurso de protección en favor de Wilford Gibbs, de nacionalidad haitiana, con domicilio en calle Los Naranjos N°2825, comuna de La Pintana, en contra en contra del Ministerio del Interior, representado por su Ministro, don Claudio Alvarado Andrade, domiciliados en Palacio de La Moneda, comuna de Santiago; y la Subsecretaria del Interior, representada por su Subsecretario, don Máximo Pavez Cantillano, domiciliados en Palacio de La Moneda, comuna de Santiago en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de carta de nacionalización formulada el 22 de abril de 2023, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a las recurridas pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que, el Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior evacúan informe solicitando el rechazo de la acción deducida. Indica que la solicitud de otorgamiento de carta de nacionalización del recurrente fue recibida por dichas reparticiones el 14 de octubre de 2025 y que se encuentra actualmente en sus últimas etapas de tramitación, previo a la firma de la autoridad, lo cual será debidamente notificado a los solicitantes. Añade que no se verifica la concurrencia de un acto ilegal o arbitrario que conculque las garantías constitucionales de la recurrente, quien detentan residencia definitiva en el país, razón por la cual no reporta un perjuicio mientras se encuentre pendiente su solicitud. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, desti

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Wilford Gibbs, en contra del Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior. Se previene que la abogada integrante Paula Manzo Sagüez fue del parecer de rechazar el recurso exclusivamente porque, desde la fecha de recepción de los antecedentes por parte las autoridades recurridas, no ha transcurrido un plazo que exceda del previsto en el artículo 27 de la Ley N°19.880 y que pueda estimarse como excesivo y lesivo del derecho a la igualdad ante la ley previsto en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°800-2026 Protección PAGE 1

Texto Completo (Preview)

San Miguel, quince de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interpone recurso de protección en favor de Wilford Gibbs, de nacionalidad haitiana, con domicilio en calle Los Naranjos N°2825, comuna de La Pintana, en contra en contra del Ministerio del Interior, representado por su Ministro, don Claudio Alvarado Andrade, domicilia

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