SIN INFORMACION

ROJAS VEGA CARLOS/ INVERSIONES ALTO QUINTAY SPA

Rol

Fecha

14 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Nicolás Pais Oliveros, en representación de la parte demandada en los autos ejecutivos caratulados "Banco Santander con Rojas", Rol C-29884-2018, sustanciados ante el Tercer Juzgado Civil de Santiago, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución del 30 de octubre de 2025, que rechazó la reposición y declaró improcedente la apelación subsidiaria deducida en contra de la resolución del 23 de octubre del mismo año. Dicha resolución, por su parte, rechazó de plano el incidente de nulidad del remate por estimar el tribunal a quo que dicha resolución recaía sobre un trámite formal y no sobre el fondo del asunto, conforme a los artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil. El recurrente expone que el 8 de octubre de 2025 interpuso incidente de nulidad del remate, fundado en la infracción del artículo 1° del D.S. N° 174 (V. y U.) de 2005 y del artículo 10 del Código Civil, solicitando dejar sin efecto el remate judicial practicado sobre un inmueble afecto a prohibición legal de enajenar en favor del SERVIU Metropolitano. Agrega que, mediante resolución del 23 de octubre de 2025, el tribunal rechazó de plano el incidente, argumentando que se había ingresado en el cuaderno incorrecto, sin pronunciarse sobre el fondo de lo solicitado. Frente a ello, dentro de plazo legal, dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio, solicitando la corrección del error y que el incidente fuera tramitado en el cuaderno de apremio, invocando los artículos 83, 84, 181, 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil. No obstante, el 30 de octubre de 2025, el tribunal rechazó la reposición y declaró improcedente la apelación subsidiaria. Solicita tener por interpuesto el recurso de hecho, declarar que el tribunal a quo incurrió en error al denegar la apelación deducida en subsidio de la reposición presentada el 24 de octubre de 2025 y, en consecuencia, ordenar que se conceda la apelación y se traigan los

Fundamentos

motivos todos por los cuales el presente recurso de hecho no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones, se rechaza, sin costas, el recurso de hecho deducido por la parte demandada en contra de la resolución del 30 de octubre de 2025 que declaró inadmisible el recurso de apelación que dedujo en contra de la resolución del 23 de octubre de 2025, Rol N° C-29884-2018, del Tercer Juzgado Civil de Santiago. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Civil-19513-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Patricio Esteban Martínez Benavides, el Ministro (S) señor Daniel Eduardo Aravena Pérez y el Abogado Integrante señor Nicolás Stitchkin López. En Santiago, catorce de mayo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Nicolás Pais Oliveros, en representación de la parte demandada en los autos ejecutivos caratulados "Banco Santander con Rojas", Rol C-29884-2018, sustanciados ante el Tercer Juzgado Civil de Santiago, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución del 30 de

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