FUENTEALBA/RUBIO
Rol
Fecha
14 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Que del tenor del recurso deducido se desprende que ésta no es la vía idónea para obtener las pretensiones que se indica en el petitorio, por cuanto ellas deben ser resueltas en una sede diversa, como es ante el Ministerio Público o el tribunal que resulte competente, lo que es incompatible con la naturaleza estrictamente cautelar de la acción incoada. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de protección de fojas 1. Archívese, en su oportunidad. Rol N° 1367-2026 Protección
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de protección de fojas 1. Archívese, en su oportunidad. Rol N° 1367-2026 Protección
Texto Completo (Preview)
CH4. (MVT) San Miguel, catorce de mayo de dos mil veintiséis. Al folio 4: Por cumplido lo ordenado, estese a lo que se resolverá. Respecto de la acción de folio 1: Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio l
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