JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MP C/ CRISTIAN FERNANDO HURTADO GAMBOA

Rol

Fecha

14 de mayo de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia y los ilícitos por los cuales ha sido formalizado este imputado, estimando que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en consideración para imponer a Kevin Steven Castillo Rodríguez la medida cautelar de prisión preventiva por constituir esta un peligro para la seguridad de la sociedad, dado los tipos de delitos por los cuales ha sido formalizado, las penas asignadas a los mismos, el hecho, como señala la representante del Ministerio Público, de haber actuado un grupo o pandilla y principalmente el ilícito por el cual se puede estimar que podría haber lesionado con más intensidad la integridad física de un funcionario de carabineros en acto de servicio, atendido que se movilizaba el imputado en un vehículo motorizado, esto es, un elemento suficiente para provocar incluso un gran daño. Por lo razonado precedentemente, SE REVOCA la resolución de fecha trece de mayo de dos mil veintiséis, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado KEVIN STEVEN CASTILLO RODRÍGUEZ, sustituyendo la causal a peligro de fuga, y en su lugar, se declara que se mantiene la referida medida cautelar, pero

Fundamentos

considerando siempre que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-673-2026 (pvb).

Fallo

se declara que se mantiene la referida medida cautelar, pero considerando siempre que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-673-2026 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, catorce de mayo de dos mil veintiséis. A lo principal y otrosí de la presentación de folio 4 y a la presentación de folio 5: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia y los ilícitos por los cuales ha sido formalizado este imputado, estimando que no han variado sustancialmente las circunstancias que se

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