ARTURO IRWIN CASTILLO MARTÍNEZ/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA S.A
Rol
Fecha
14 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En estos antecedentes Rol Corte N° 211-2026, libro de ingreso Protección, comparece la abogada Linda Nataly Quintero Mogollon, cédula de identidad para extranjeros N° 26.476.200-6, abogada, por sí y en favor de Arturo Irvin Castillo Martínez, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad para extranjeros N° 26.733.636-9, domiciliado en calle Irene Morales Nro. 337, San Pedro de La Paz, Regio del Bio Bio, quien interpone acción de protección en contra de Administradora de Fondos de Pensiones ProVida S.A., sociedad del giro de su denominación, representada por Ana María Herrera Brummer, abogado, cédula de identidad N° 11.499.948-2, ambas domiciliadas para estos efectos en Av. Apoquindo 2730, piso 13, comuna de Las Condes, Santiago. Invoca como garantía constitucional el derecho a la igualdad ante la ley del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República al recibir un trato desigual frente a otros cotizantes extranjeros que, en situaciones similares, han obtenido la devolución de sus fondos. Asimismo, invoca la vulneración a su derecho de propiedad sobre sus fondos previsionales, los cuales constituyen un bien incorporal de su exclusiva titularidad. Por último, invoca lo que denomina la garantía de la esencia de los derechos referida en el recurso en el artículo 19 N° 26 de nuestra Carta Fundamental ya que se proscribe imponer condiciones, requisitos o limitaciones que no están contempladas en la ley y que afectan la esencia de los derechos fundamentales. Pide concretamente se le reconozca como válida la documentación acompañada, particularmente la constancia electrónica de cotizaciones emitida por el IVSS (aplicando el artículo 17 del Código Civil) y se ordene a la recurrida dar curso a la solicitud de retiro de fondos y efectuar la devolución íntegra de los fondos previsionales del trabajador extranjero dentro del plazo que esta Corte determine. Informó la recurrida a folio 4 y 7 y a folio 9 se ordenó traer los autos en relación. Y CONSID
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, la acción constitucional deducida en estos autos a favor de Arturo Irvin Castillo Martínez, en contra de Administradora de Fondos de Pensiones ProVida S.A. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción del ministro suplente Jaime Cruces Neira. N° Protección-211-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción shp Concepción, catorce de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS: En estos antecedentes Rol Corte N° 211-2026, libro de ingreso Protección, comparece la abogada Linda Nataly Quintero Mogollon, cédula de identidad para extranjeros N° 26.476.200-6, abogada, por sí y en favor de Arturo Irvin Castillo Martínez, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad para extranjeros N° 26.733.
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