CANDIA SOTO CRISTOPHER PAOLO /COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
13 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Carlos Vera Campos, abogado, en representación de Cristopher Paolo Candia Soto, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la resolución de fecha 29 de abril de 2026 dictada por la Comisión de Libertad Condicional de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, mediante la cual rechazó la postulación de su representado al beneficio de la libertad condicional para el primer semestre del año 2026, lo que importaría una vulneración a las garantías previstas en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, solicitando que se acoja el presente recurso, se deje sin efecto el acto impugnado y se conceda la libertad condicional al amparado. En cuanto a los antecedentes, señala que el amparado cumple diversas condenas en el Centro de Cumplimiento Penitenciario (C.C.P.) Colina I, iniciadas el 28 de abril de 2017 y con fecha de término proyectada para el 3 de marzo de 2030. Sostiene que el amparado cumple con el tiempo mínimo y registra conducta "Muy Buena" de forma ininterrumpida, razón por la cual el Tribunal de Conducta del establecimiento penal remitió sus antecedentes para postular al beneficio. Agrega que el rechazo de la Comisión resulta manifiestamente arbitrario, por carecer de razonabilidad y proporcionalidad, toda vez que el amparado ha desarrollado un proceso sostenido y verificable de reinserción social. Para acreditarlo, expone que finalizó su enseñanza media en 2023, ha participado activamente en capacitaciones laborales certificadas por el SENCE, tales como "Labores de Instalaciones Sanitarias" y "Gerenciando Mi Negocio" y en diversos talleres de intervención psicosocial impartidos por Gendarmería de Chile. Sostiene que los factores de riesgo indicados en el informe psicosocial pueden ser abordados en el medio libre mediante un Plan de Intervención Individual, por lo que la negativa vulnera el principio de igualdad ante la ley y constituye una privación indebida
Fundamentos
fundamentos expresados por la Comisión de Libertad Condicional para denegar el beneficio a Cristopher Paolo Candia Soto se sustentan directamente en el Informe de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile. En dicho documento técnico se establece que el amparado es multi-reincidente, presenta un riesgo de reincidencia medio, carece de un proyecto vital alternativo consolidado y, de manera fundamental, presenta un déficit en la conciencia del daño causado, requiriendo mayor intervención en su proceso reflexivo. Si bien esta Corte valora positivamente los esfuerzos del amparado materializados en la nivelación de sus estudios y su participación en cursos del SENCE y talleres intrapenitenciarios, según da cuenta la documentación acompañada por la defensa, dichos elementos de orden ocupacional y educativo, por sí solos, no logran desvirtuar el núcleo del informe técnico en lo relativo a la esfera cognitiva y de actitud frente al delito. La exigencia legal de evidenciar "conciencia de la gravedad del delito y del mal que éste causa" es un imperativo legal conforme al N° 3 del artículo 2° del Decreto Ley N° 321, que la Comisión estimó no satisfecho en esta etapa de la condena. OCTAVO: Que, en consecuencia, la resolución de 29 de abril de 2026 dictada por la Comisión recurrida ha sido pronunciada por la autoridad competente, en el ejercicio de las facultades que expresamente le confiere el artículo 5° del mencionado Decreto Ley y se encuentra debidamente fundamentada en los antecedentes objetivos allegados por Gendarmería de Chile. Al carecer el acto impugnado de los vicios de ilegalidad denunciados por el recurrente, no existe afectación o amenaza ilegítima a la libertad personal del amparado que deba ser remediada por esta vía cautelar.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto por el abogado Carlos Ignacio Vera Campos a favor de Cristopher Paolo Candia Soto y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese. N° Amparo-2012-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Carlos Vera Campos, abogado, en representación de Cristopher Paolo Candia Soto, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la resolución de fecha 29 de abril de 2026 dictada por la Comisión de Libertad Condicional de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago,
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