SIN INFORMACION

GALLEGO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Fabio Gallego Cantillo, colombiano, con domicilio en Rivas Nº1019, comuna de San Miguel, interpone recuso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Frank Sauerbaum, ambos con domicilio en San Antonio Nº580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una actuación ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la notificación de inadmisibilidad de su solicitud de residencia definitiva. Refiere que presentó la solicitud de su residencia definitiva, cumpliendo con los plazos legales y que en el mes de noviembre del año pasado, se le comunicó que dicha petición fue declarada inadmisible a través de la Resolución Exenta Nº2500100273609, de 21 de Noviembre de 2025, por no contar con los medios que le permitan su subsistencia. Manifiesta que la resolución es ilegal porque cumple con todos los requisitos requeridos por la recurrida, por lo que pide dejar sin efecto la resolución que declaró inadmisible la solicitud de residencia definitiva y se de curso a la misma. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso. Indica que el 1 de agosto de 2023 el recurrente solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva. Sin embargo, realizando el análisis de la petición, por Resolución Exenta Nº2500100273609, de 21 de noviembre de 2025, se declaró inadmisible su solicitud por no cumplir con el requisito dispuesto en el 65 Nº1 del Reglamento del Decreto Supremo Nº296, esto es, carecer de medios de vida que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar. Finalmente, sostiene que el acto impugnado que declaró la inadmisibilidad de la solicitud de residencia definitiva fue dictado conforme a derecho, y no existió actuación arbitraria o ilegal, ni vulneración de derechos fundamentales. Tercero: Que el recurso de protecci

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Fabio Gallego Cantillo. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4692-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, trece de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Fabio Gallego Cantillo, colombiano, con domicilio en Rivas Nº1019, comuna de San Miguel, interpone recuso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Frank Sauerbaum, ambos con domicilio en San Antonio Nº580, comuna

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