18º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FISCO DE CHILE/MUÑOZ - (CASACIÓN Y APELACIÓN)

Rol

Fecha

13 de mayo de 2026

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se ha elevado esta causa Rol C-23.878-2019, desde el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, para conocer de los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por la parte demandada en contra de la sentencia definitiva de trece de mayo de dos mil veintitrés que luego de rechazar la excepción de prescripción de la acción civil, acogió parcialmente la demanda, solo en cuanto condenó al demandado a pagar al Fisco de Chile la suma de $129.257.222.- más reajustes e intereses que señala, sin costas. Concedidos tales recursos y elevados ante esta Corte, al recurso de apelación se adhirió la defensa fiscal y se ordenó traer los autos en relación a su respecto.

Fundamentos

CONSIDERANDO: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: PRIMERO: Que, la parte demandada ha deducido recurso de casación en la forma basada en la causal quinta prevista en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, que relaciona con el artículo 170 N°4 y 6 del mismo cuerpo legal, pues afirma que la sentencia pronunciada omite las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento y la decisión del asunto controvertido. SEGUNDO: Que, para fundar su recurso explica, que su parte “opuso como excepción perentoria, subsidiaria de la de prescripción, la de falta de relación de causalidad entre los hechos, constitutivos de delito de malversación de los arts. 233 y 235 del Código Penal y el resultado de daño o perjuicio patrimonial para el actor, desarrollada entre los N°6 y 17 de la contestación de la demanda.”. Afirma que la sentencia da cuenta de ello en su parte expositiva, “pero en la parte considerativa omitió del todo precisamente considerar, referir y analizar esta excepción y en la parte resolutiva simplemente omite resolver.”. Estima que las omisiones referidas vician la sentencia impugnada al omitir requisitos que califica como “expresos, imperativos y de derecho estricto”, cuya omisión hace que su parte haya sufrido un perjuicio reparable solo con la invalidación del fallo; asimismo, dada la naturaleza de los hechos que configuran la excepción y sus efectos estima evidente que el vicio ha influido en lo dispositivo del fallo, “porque las omisiones que se denuncian a los requisitos de la sentencia definitiva han permitido establecer una obligación indemnizatoria en contra del demandado que, en términos reales, no existe y, por ende la sentencia en esos términos debió ser absolutoria.”. Es por lo anterior que, en definitiva, solicita que se invalide el

Fallo

fallo de primera instancia, por adolecer de vicios que lo justifican, debiendo procederse a dictar la sentencia de reemplazo correspondiente, con costas. TERCERO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el penúltimo inciso del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, no obstante ser efectivo el vicio denunciado, el tribunal puede desestimar el recurso de casación, si de los antecedentes aparece de manifiesto que el recurrente no ha sufrido un perjuicio reparable sólo con la invalidación de la sentencia, situación aplicable a este caso, en que también se ha recurrido de apelación por la misma recurrente en contra del referido fallo, con lo cual esta Corte podrá conocer de los presuntos vicios procesales denunciados y revertirlos si fuese necesario, por lo que no se acogerá el recurso de casación en examen. II.- En cuanto al recurso de apelación del demandado: En la sentencia apelada se rectifica la numeración de sus considerandos, a partir del fundamento décimo, sustituyendo la designación de los siguientes por los ordinales respectivos, que pasan a ser, sucesiva y correlativamente, desde el undécimo al vigésimo primero. Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: CUARTO: Que, al apelar el recurrente solicita que se enmiende el fallo que acogió la demanda y, en definitiva, se revoque la sentencia apelada acogiendo las excepciones opuestas de prescripción y reducción del daño, en los términos en que fueron formuladas y se rechace la demanda, con costas. Al efecto señala -en cuanto a la e

Texto Completo (Preview)

Santiago, trece de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS: Se ha elevado esta causa Rol C-23.878-2019, desde el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, para conocer de los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por la parte demandada en contra de la sentencia definitiva de trece de mayo de dos mil veintitrés que luego de rechazar la excepción de prescripción de la acción civil,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica