BASTIAN ALEXANDER CALVIO FIGUEROA /11° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
13 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Rodrigo Sepulveda Méndez, abogado, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de Bastián Alexander Calvio Figueroa, y en contra del Undécimo Juzgado de Garantía de Santiago por el acto ilegal consistente en la dictación de la resolución de 21 de abril de 2025, mediante la cual se emitió pronunciamiento respecto a la improcedencia de un abono, sin que existiera petición alguna al respecto, privando a su representado de la posibilidad de discutir dicha temática. Pide que se acoja el recurso, dejando sin efecto la resolución cuestionada, retrotrayendo el proceso al estado de debatirse y resolverse conforme a derecho, previa incorporación del informe requerido a Gendarmería de Chile. Expone que su representado se encuentra cumpliendo una condena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio por el delito de robo con violencia, impuesta por el juzgado requerido en causa RIT 8246-2018. Señala que el cumplimiento de la pena corporal empezó a ejecutarse el 7 de septiembre de 2018, poseyendo como fecha prevista de término el 8 de septiembre de 2028. Añade que, en causa diversa -RIT 1879-2012 también del Undécimo Juzgado de Garantía de Santiago-, su representado fue detenido el 20 de febrero de 2012, quedando en prisión preventiva entre el 21 de febrero de ese año hasta el 27 de mayo de 2013, posteriormente, fue condenado el 27 de mayo del año mencionado, a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, por el delito de robo con intimidación. Dicha pena fue sustituida por la de libertad vigilada, la cual fue cumplida el 30 de junio de 2016. Indica que, producto de lo anterior, requirió informe a Gendarmería de Chile a fin de determinar si se podía considerar como abono el tiempo en que permaneció privado de libertad en aquella causa, a lo cual aquella institución informó de manera errada que d
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Bastián Alexander Calvio Figueroa en contra del Undécimo Juzgado de Garantía de Santiago y se deja sin efecto la resolución de 21 de abril de 2025, disponiéndose que el tribunal a quo deberá realizar a la brevedad una nueva audiencia, previa incorporación del informe solicitado a Gendarmería de Chile, y resolver lo que en derecho corresponda por juez no inhabilitado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°597-2026 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, trece de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Rodrigo Sepulveda Méndez, abogado, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de Bastián Alexander Calvio Figueroa, y en contra del Undécimo Juzgado de Garantía de Santiago por el acto ilegal c
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