JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PETORCA

MP C/ BRIAN ANTONIO ARIAS VENEGAS

Rol

Fecha

13 de mayo de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de sus propios fundamentos, lo expuesto por los intervinientes en estrado y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de cuatro de mayo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Petorca. Acordado con el voto en contra de la ministra Marcela Figueroa Astudillo, quien fue de la opinión de revocar la resolución apelada teniendo para ello presente que el imputado no tiene antecedentes penales, desarrolla labores lícitas que le generan ingresos económicos, manteniendo un domicilio estable y cuenta con arraigo social y familiar, siendo su primera vinculación con el sistema penal por lo aparece que su comparecencia a los actos del procedimiento puede verse asegurada con otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, por lo que no se reúnen las exigencias de necesidad de cautela para decretar su prisión preventiva exigida en el artículo 140 letra c) del citado cuerpo legal. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1168-2026.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a trece de mayo de dos mil veintiséis, se da inicio a esta audiencia a las 09:42 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora María del Rosario Lavín Valdés e integrada por la Ministra señora Marcela Figueroa Astudillo y por el Ministro Suplente señor Germán Manuel Núñez

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