JORGE ULISES NAVARRO BURGOS CONTRA COMITE DE AGUA POTABLE RURAL DE NIEBLA
Rol
Fecha
13 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos Que de los antecedentes expuestos por la parte recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, desde que aquéllos en que fundamenta su petición son materia propia del Tribunal Electoral Regional. Y visto, además, lo que dispone el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección. Al primer, segundo y tercer otrosí, estese a lo resuelto precedentemente. Acordado contra el parecer del Ministro Sr. Juan Ignacio Correa Rosado quien fue del parecer de darle tramitación. Regístrese digitalmente y archívese. N° Protección 574-2026
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección. Al primer, segundo y tercer otrosí, estese a lo resuelto precedentemente. Acordado contra el parecer del Ministro Sr. Juan Ignacio Correa Rosado quien fue del parecer de darle tramitación. Regístrese digitalmente y archívese. N° Protección 574-2026
Texto Completo (Preview)
C.A DE VALDIVIA Valdivia, veintinueve de junio de dos mil diecisiete Al folio n° 1: Vistos Que de los antecedentes expuestos por la parte recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, desde que aquéllos en que fundamenta su petición son materia propia del Tribunal Electoral Regional.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica