GENNERO/FRIGORIFICO PACIFICO SA
Rol
Fecha
13 de mayo de 2026
Materia
ART. 19 Nº 1 CPR. DERECHO A LA VIDA Y LA INTEGRIDAD
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En estos autos RIT T-172-2024, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “GENNERO con FRIGORÍFICO PACÍFICO SA”, por sentencia de dos de noviembre de dos mil veinticuatro, se rechazó con costas la demanda. En contra de dicho fallo recurrió de nulidad la parte demandante, invocando de manera junta la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo y la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de los artículos 445 y 459, en relación con el artículo 432, todos del Código del ramo y del artículo 144 del Código de Procedimiento Civil. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, fundamentando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, indica que la sentencia infringe abierta y gravemente el sistema de valoración de la prueba y las reglas de la sana crítica, al violar las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, además de no establecer las razones por las que no considera la multiplicidad de antecedentes presentados en el juicio, lo que incide en que se rechace la acción de cobro de prestaciones referente al bono anual proporcional y a la consecuente condena en costas. Adicionalmente, denuncia que la sentencia no dio cumplimiento a la finalidad del sistema de valoración de la prueba, ni tampoco al deber de fundamentación, en especial en sus considerandos décimo quinto y décimo sexto, puesto que la sentencia solo toma en consideración un aspecto de la declaración del testigo Daniel Matamala Valenzuela, para luego desestimar de plano lo declarado por el testigo Maximiliano Orellana Torres. En efecto, plantea que en caso de haberse analizado lo expuesto por ambos testigos, se puede concluir que ambos se encuentran contestes en el hecho de que a su representada se le negó la posibilidad de dar cumplimiento a los requisitos del bono, al dar por terminada su relación laboral el 10 de noviembre de 2023. Adicionalmente, denuncia que la sentenciadora no se hace cargo de las razones del cambio de criterio de la empresa de pagar a su representada un proporcional del bono anual de desempeño por los meses que trabajó en el año 2022 (que le fue pagado en 2023) y no ocupar el mismo criterio al momento de separarla de sus funciones. Sobre el pago del bono proporcional, insiste en que su representada acompañó los antecedentes que dan cuenta de su pago, como son su contrato de trabajo, la correspondiente liquidación de remuneración y el testimonio nuevamente conteste de ambos testigos, quienes indicaron que se le pagó el proporcional del bono de desempeño correspondiente al año 2022. En síntesis, indica que, de haberse ponderado la declaración de los testigos, necesariamente se habría tenido que acoger la acción de cobro de prestaciones, resolviendo que su representada era acreedora del bono anual de desempeño en forma proporcional, al igual que lo fue durante los meses que trabajó para la empresa en el año 2022. Luego, no habría sido totalmente vencida, por lo que la condena en costas era improcedente. SEGUNDO: Que, en cuanto a la causal invocada de manera conjunta, sostiene que la infracción se produce al no considerar la sentenciadora que su representada ha tenido motivo plausible para litigar, debiendo eximirla del pago de las costas. En efecto, explica que el Código del Trabajo ha establecido la existencia de costas procesales y personales, pero no las ha regulado de manera alguna, por lo que corresponde aplicar la remisión hecha por el artículo 432 del Código del Trabajo y, en consecuencia, tener en consideración lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento
Fallo
fallo recurrió de nulidad la parte demandante, invocando de manera junta la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo y la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de los artículos 445 y 459, en relación con el artículo 432, todos del Código del ramo y del artículo 144 del Código de Procedimiento Civil. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, fundamentando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, indica que la sentencia infringe abierta y gravemente el sistema de valoración de la prueba y las reglas de la sana crítica, al violar las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, además de no establecer las razones por las que no considera la multiplicidad de antecedentes presentados en el juicio, lo que incide en que se rechace la acción de cobro de prestaciones referente al bono anual proporcional y a la consecuente condena en costas. Adicionalmente, denuncia que la sentencia no dio cumplimiento a la finalidad del sistema de valoración de la prueba, ni tampoco al deber de fundamentación, en especial en sus considerandos décimo quinto y décimo sexto, puesto que la sentencia solo toma en consideración un aspecto de la declaración del testigo Daniel Matamala Valenzuela, para luego desestimar de plano lo declarado por el testigo Maximiliano Orellana Torres. En efecto, plantea que en caso de haberse analizado lo expu
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de mayo de dos mil veintiséis VISTO: En estos autos RIT T-172-2024, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “GENNERO con FRIGORÍFICO PACÍFICO SA”, por sentencia de dos de noviembre de dos mil veinticuatro, se rechazó con costas la demanda. En contra de dicho fallo recurrió de nulidad la parte demandante, invocando de mane
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica