DEL CAMPO PEDREROS MAXIMILIANO IVAN /DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
12 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Violeta del Campo Pedreros, en favor de su hermano Maximiliano del Campo Pedreros, adulto mayor privado de libertad en el Centro Penitenciario Santiago Sur, e interpone acción de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile y de los internos José Adazme y Teobaldo Burgos, fundado en amenazas, hostigamientos y represalias adoptadas en su contra luego de denunciar presuntas irregularidades vinculadas al economato del recinto penal, actuaciones ilegales que afectan su libertad personal y su seguridad individual. Señala la recurrente que el 23 de abril de 2026 el amparado, quien se encontraba en la calle 15 correspondiente a internos adultos mayores, habría sido víctima de amenazas de muerte, hostigamientos e intento de agresión con palos de madera por parte de los internos José Adazme y Teobaldo Burgos, todo ello motivado por la intención del amparado de denunciar supuestas irregularidades y un “mercado negro” asociado a las ventas del economato del recinto penitenciario, el cual —afirma— sería conocido y tolerado por funcionarios de Gendarmería. Añade que el amparado padece una infección urinaria con presencia de sangre y se encuentra en tratamiento médico. Refiere que, al día siguiente, un suboficial que no estaría a cargo de la calle 15 habría retirado al amparado desde dicho sector, manteniéndolo encerrado por aproximadamente tres horas en una celda y disponiendo posteriormente su traslado a la calle 9, lugar donde existirían cerca de 400 internos, sin expresar —según sostiene— fundamento disciplinario alguno que justificara dicha decisión. Alega que el cambio de módulo obedecería a represalias derivadas de las denuncias formuladas por el amparado respecto del funcionamiento del economato y las denuncias de amenazas de muerte y hostigamiento denunciadas en recurso de amparo Rol Ingreso Corte N° 849-2026, dirigido también contra Gendarmería y los mismos internos, procedimiento en el cual se habría dict
Fallo
fallo anterior, las amenazas y hostigamientos habrían continuado. Por todo ello, pide se acoja el recurso de amparo y se disponga el regreso del amparado a la calle 15 del Centro Penitenciario Santiago Sur, por estimar que su traslado fue arbitrario, carente de fundamento disciplinario y constitutivo de una represalia derivada de las denuncias efectuadas por el interno. SEGUNDO: Que comparece María Fernanda Castro Carvajal, abogada de la Oficina de Asistencia Jurídica de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, evacuando el informe ordenado, solicitando el rechazo de la acción constitucional deducida, Informa que el amparado se encuentra cumpliendo en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, específicamente en la calle 9, una condena de 14 años de presidio por el delito de violación de menor de 14 años, impuesta por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Respecto de los hechos denunciados, refiere que el 24 de abril de 2026 se registró un incidente al interior de la calle N° 15, consignado en el Parte N° 1309 —aunque en el otrosí se individualiza como Parte Denuncia N° 1319, de la misma fecha—, en el cual se habría establecido que el interno fue expulsado por sus propios pares desde dicha dependencia. Por tal motivo, y con el objeto de resguardar su integridad física y mantener la seguridad interna del establecimiento penitenciario, fue reubicado y clasificado en la calle N° 9. Puntualiza que dicha medida tuvo un carácter es
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C.A. de Santiago Santiago, doce de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Violeta del Campo Pedreros, en favor de su hermano Maximiliano del Campo Pedreros, adulto mayor privado de libertad en el Centro Penitenciario Santiago Sur, e interpone acción de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile y de los internos José Adazme y Teobaldo Burgos, f
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