TANNER CORREDORA DE SEGUROS LTDA./CMF (LTE)
Rol
Fecha
12 de mayo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Ricardo Doñas Lyng, en representación de Tanner Corredora de Seguros Limitada (Tanner o TCS), deduciendo reclamo de ilegalidad conforme al artículo 71 del Decreto Ley N°3.538, contra la Resolución Exenta N°3278, de 3 de abril de 2025, que le impuso una multa a beneficio fiscal de 10.000 Unidades de Fomento, y contra la Resolución Exenta N°4555, de 7 de mayo de 2025, que rechazó el recurso de reposición interpuesto administrativamente, ambas dictadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). En lato reclamo, escaso en síntesis, lo que relativiza su análisis en cuanto a las supuestas ilegalidades concretas, en resumen se funda señalando que la sanción se impuso, en lo principal, por una supuesta infracción grave y reiterada de la obligación de asistir a los asegurados durante toda la vigencia de los contratos de seguros asociados a créditos otorgados por Tanner Servicios Financieros S.A., lo que habría implicado la falta de oportuna devolución de primas pagadas y no devengadas, y la omisión de reajustar dichas sumas a la variación de la Unidad de Fomento, además de una segunda infracción referida a no informar oportunamente el cambio de un apoderado. Sostiene que Tanner Corredora de Seguros Limitada no recaudaba ni devolvía las primas, funciones que correspondían a Tanner Servicios Financieros S.A., mientras que su rol se limitaba a validar la vigencia de las pólizas y calcular los montos a devolver según las instrucciones de las aseguradoras. Afirma que, al momento de presentar sus descargos en octubre de 2024, no existía stock pendiente de pago, pues todas las primas ya habían sido devueltas. Asimismo, niega haber obtenido un beneficio económico, ya que las primas nunca ingresaron a su patrimonio. Arguye que la CMF le aplicó erróneamente normas como la Circular N°2.114 y el artículo 527 del Código de Comercio, las cuales están dirigidas exclusiva y expresamente a las compañías aseguradoras y no a los corredores. Argumenta que su deber de asistencia del artículo 57 del DFL 251 concluye con la cancelación de la póliza. Califica la multa como excesiva, representando casi el 20% de su patrimonio. Compara su situación con el caso "Security", donde por hechos similares se aplicó una multa de solo 500 UF, lo que implica un trato desigual y arbitrario. Acusa que las resoluciones no explican cómo se ponderaron los criterios del artículo 38 del D.L. N°3.538 para determinar el monto de la sanción, omitiendo considerar atenuantes como su irreprochable conducta anterior y la falta de beneficio económico. Finalmente, solicita declarar prescritas las infracciones relativas a devoluciones cuya exigibilidad ocurrió antes del 30 de agosto de 2020, conforme al plazo de 4 años legalmente establecido. Por ello, solicita que se deje sin efecto la multa, o en subsidio, se rebaje sustancialmente a un máximo de 1.137 UF, basándose en un criterio de proporcionalidad respecto a precedentes anteriores SEGUNDO: Que, por la
Fallo
se resuelve: Que SE RECHAZA el reclamo de ilegalidad deducido por Tanner Corredora de Seguros Limitada, en contra de contra la Resolución Exenta N°3278, de 3 de abril de 2025, que le impuso una multa a beneficio fiscal de 10.000 Unidades de Fomento, y contra la Resolución Exenta N°4555, de 7 de mayo de 2025, que rechazó el recurso de reposición interpuesto administrativamente, ambas dictadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Regístrese y comuníquese. Redacción del ministro Sr. Hernán Crisosto Greisse N° Contencioso Administrativo-349-2025. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Hernán Crisosto Greisse e integrada por el ministro señor José Pablo Rodríguez Moreno y por el abogado integrante señor Felipe Barrera Orellana. No firman el ministro señor Rodríguez Moreno por hacer uso de feriado ni el abogado integrante señor Barrera por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Ricardo Doñas Lyng, en representación de Tanner Corredora de Seguros Limitada (Tanner o TCS), deduciendo reclamo de ilegalidad conforme al artículo 71 del Decreto Ley N°3.538, contra la Resolución Exenta N°3278, de 3 de abril de 2025, que le impuso una multa a beneficio fiscal de 10.000 U
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