ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de mayo de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Teniendo en consideración que el recurso de apelación se ha interpuesto en contra de la resolución dictada el pasado diez de abril que anuló lo obrado y ordenó practicar una nueva liquidación de la deuda y dejar sin efecto la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y las medidas de retención de fondos, se deduce que tal decisión no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 y que hacen procedente el recurso de instancia, por lo que se declara inadmisible la apelación ya aludida. Acordada contra el voto del...
Fallo
se declara inadmisible la apelación ya aludida. Acordada contra el voto del...
Texto Completo (Preview)
CH (adb) San Miguel, once de mayo de dos mil veintiséis. Al folio 4: a sus antecedentes y por cumplido lo ordenado. Vistos: Teniendo en consideración que el recurso de apelación se ha interpuesto en contra de la resolución dictada el pasado diez de abril que anuló lo obrado y ordenó practicar una nueva liquidación de la deuda y dejar sin efecto la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de
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