SIN INFORMACION

ARÉVALO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

11 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que Víctor Neira Durán, abogado, en representación de Víctor Pablo Arévalo Moreno, médico, domiciliado en Balmaceda Nº371, oficina 610, comuna de Puente Alto, quien deduce recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta D-01-S-00881-2026 de 25 de marzo de 2026, emanada de la Superintendencia de Seguridad Social, notificada con la misma fecha, a través de la cual se rechazó la reposición interpuesta en contra de la Resolución Exenta N°-01-S-00514-2026 por la cual se le impuso la sanción consistente en 60 UTM y la suspensión de la facultad para otorgar licencias médicas por 365 días, calificando su conducta como “tercera reincidencia” solicitando que se deje sin efecto la misma, absolviendo al reclamante de la multa administrativa que le fue aplicada. Sostiene que fue objeto de una investigación respecto de dos licencias médicas. La primera, la licencia Nº76189096-4 emitida el 15 de septiembre de 2022 por un periodo de 15 días de reposo, fue objetada por la reclamada, a pesar de que se acompañó el informe médico complementario de 9 de febrero de 2026, en donde consta que la atención no se limita a un único diagnóstico de carácter traumatológico, sino que da cuenta de un cuadro clínico de mayor complejidad, en el cual se identifican diversos elementos concurrentes. Así, junto al diagnóstico de contractura muscular, se consignaron otros diagnósticos y antecedentes clínicos relevantes, tales como un trastorno mixto de ansiedad y depresión y el antecedente de trombosis pulmonar en tratamiento, lo que permitió situar la evaluación médica dentro de un contexto de salud integral del paciente, en el cual confluyen factores de orden físico y psíquico. Luego, respecto a la segunda licencia Nº76251892-9 de 20 de septiembre de 2022, también por un periodo de 15 días de reposo, objetada por la reclamada, de acuerdo con el informe médico complementario acompañado, el paciente presenta un cuadro clínico centrado en la esfera de la salud mental, caracterizado por sintomatología ansioso-depresiva relevante. En particular, se describen síntomas tales como ansiedad, angustia, irritabilidad, insomnio, fatiga y dificultades de concentración, los cuales son evaluados clínicamente mediante un examen mental y herramientas de apoyo diagnóstico. A ello se suma la identificación de factores estresores de carácter laboral y personal, que inciden en la configuración y evolución del cuadro. El diagnóstico consignado incluyó un trastorno mixto de ansiedad y depresión, junto con otros antecedentes clínicos asociados, como condiciones de salud general y alteraciones del sueño, configurando un escenario clínico que da cuenta de afectación funcional lo que requirió prescribir un tratamiento farmacológico, derivar al paciente a atención en salud mental y brindar medidas de apoyo, dentro de las cuales se contempla el reposo laboral como parte del abordaje terapéutico. Respecto a las objeciones formuladas, consistentes en la existencia de inconsistentes

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con las normas citadas y lo dispuesto por los artículos 5 de la Ley N°20.585, y 58 de la Ley 16.395, se rechaza el reclamo deducido por don Víctor Pablo Arévalo Moreno en contra de la Resolución Exenta D-01-S-00881-2026, de 25 de marzo de 2026, dictada por la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese y archívese en su oportunidad Nº44-2026-Contencioso-Adminsitrativo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, once de mayo de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que Víctor Neira Durán, abogado, en representación de Víctor Pablo Arévalo Moreno, médico, domiciliado en Balmaceda Nº371, oficina 610, comuna de Puente Alto, quien deduce recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta D-01-S-00881-2026 de 25 de marzo de 2026, emanada de la Superintendencia de Seguridad Soci

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