JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP C/ LUIS ALBERTO ARAYA CORREA

Rol

Fecha

11 de mayo de 2026

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Fecha: once de mato de dos mil veinticuatro. Sala: Cuarta SALA Rol Corte: Penal-1525-2026 Ruc: 2600676542-3 Rit: 4016-2026 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Abogado Ministerio Público: Camila González Abogado Defensor Público: Tamara Alvarado Relator: Carolina Cordero Imputada: Luis Alberto Araya Correa Tipo de Recurso: Penal-Apelación cautelar personal Resolución de Escritos en Audiencia: 2 San Miguel, once de mayo de dos mil veintiséis. Oídos los intervinientes y teniendo presente: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que, esta Corte advierte que en el presente caso la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se ve suficientemente satisfecha con otras medidas de menor intensidad que la prisión preventiva, las que se puntualizaran en lo resolutivo,

Fundamentos

considerando especialmente para ello la edad del imputado y las enfermedades que padece. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de cinco de mayo del presente que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto Luis Alberto Araya Correa, y en su lugar

Fallo

se declara que se la deja sin efecto y se imponen a su respecto las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del mismo cuerpo legal, esto es, arresto domiciliario total, en un domicilio distinto a donde ocurrió el hecho, y arraigo nacional, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Devuélvase vía interconexión. N° Penal-1525-2026.

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Fecha: once de mato de dos mil veinticuatro. Sala: Cuarta SALA Rol Corte: Penal-1525-2026 Ruc: 2600676542-3 Rit: 4016-2026 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Abogado Ministerio Público: Camila González Abogado Defensor Público: Tamara Alvarado Relator: Carolina Cordero Imputada: Luis Alberto Araya Correa Tipo de Recurso: Penal-Apelación cautelar personal Resolución de Escritos en Audiencia: 2 Sa

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