SIN INFORMACION

JOFRÉ/EQUIFAX CHILE S.A.

Rol

Fecha

7 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

C.A. de Valdivia Valdivia, siete de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Comparece doña Nicole Jofre Briones, cédula nacional de identidad N°17.906.121-K, domiciliada en La Unión, e interpone acción constitucional de protección en contra de Equifax Chile S.A., por la omisión ilegal y arbitraria consistente en mantener publicado en sus registros un incumplimiento crediticio derivado, según afirma, de un pagaré no protestado. Sostiene que conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada, las obligaciones derivadas de pagarés no protestados no pueden ser objeto de tratamiento, comunicación ni mantención en registros comerciales, siendo la publicación de la suya, en consecuencia, ilegal. Refiere que solicitó formalmente la eliminación del registro a la recurrida, la cual se negó a proceder en tal sentido, derivándola a una plataforma de actualización de datos y condicionando la eliminación a la acreditación del pago, lo que estima jurídicamente improcedente, pues la ley no supedita la cancelación de información ilegal a la acreditación de pago, sino que prohíbe derechamente su tratamiento y difusión. Indica que, como consecuencia directa de la información registrada por la recurrida, la institución financiera COOPEUCH le denegó un crédito, viéndose impedida de concretar el cambio de su vehículo, con el consiguiente perjuicio a su actividad económica. Señala como vulneradas las garantías contenidas en el artículo 19 N°4, N°21 y N°24 de la Constitución Política de la República, esto es, el derecho a la vida privada y a la honra, el derecho a desarrollar actividades económicas lícitas y el derecho a la autodeterminación informativa. Solicita se acoja su acción, se declare la ilegalidad y arbitrariedad del actuar de la recurrida, y se ordene la eliminación inmediata y definitiva del registro cuestionado. 2) A folio 12, comparecen doña Pamela Salinas Rodríguez y doña Rocío López Riveros, abogadas, en representación de Servicios Equifax Chile Limitada, evacuando el informe solicitado y pidiendo el rechazo del recurso, con costas. Hacen presente, en primer término, que el escrito de la recurrente no especifica la publicación o publicaciones a las que se refiere la acción constitucional, impidiendo identificar el antecedente, obligación o acreedor supuestamente afectado, por lo cual esa parte ha entendido que la recurrente reclama la única publicación que mantiene en sus registros, referida a una morosidad proveniente de la base de datos INFOCOM o ICOM, con fecha de vencimiento de 4 de abril de 2022, tipo de documento CM, por un monto de $5.497.690, comunicada por la casa comercial CAT. En segundo lugar, solicitan se requiera informe a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., en su calidad de banco de datos responsable de la visualización de la información reclamada. En cuanto al fondo, refieren que los sistemas de información o bases de datos de Equifax están compuestos no sólo por información entregada por aportantes directos al Boletín Electrónico Dicom, sino que

Fallo

Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Nicole Jofre Briones, en contra de Equifax Chile S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-53-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, siete de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: 1) Comparece doña Nicole Jofre Briones, cédula nacional de identidad N°17.906.121-K, domiciliada en La Unión, e interpone acción constitucional de protección en contra de Equifax Chile S.A., por la omisión ilegal y arbitraria consistente en mantener publicado en sus registros un incumplimient

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