SIN INFORMACION

MARIA MARGARITA PINOL ANCAPAN Y OTROS CONTRA CONADI DE OSORNO

Rol

Fecha

7 de mayo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, de los antecedentes expuestos por la parte recurrente y no obstante habérsele ordenado aclarar su recurso, no aparecen hechos concretos, actuales ni actos u omisiones suficientemente identificables y atribuibles a la parte recurrida que puedan constituir privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de alguna de las garantías protegidas por el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Asimismo, del tenor de lo solicitado se advierte que la pretensión dice relación, en lo sustancial, con una controversia sobre dominio, posesión o derechos sobre un inmueble, materia que excede la naturaleza cautelar de la acción de protección y que debe ser discutida en la sede y procedimiento que corresponda. En consecuencia, la acción de protección deducida se estima carente de

Fundamentos

fundamentos suficientes para ser acogida a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido, por falta de fundamentos. Regístrese digitalmente y archívese en su oportunidad. N° Protección 494-2026

Texto Completo (Preview)

C.A DE VALDIVIA Valdivia, siete de mayo de dos mil veintiséis. Vistos: Que, de los antecedentes expuestos por la parte recurrente y no obstante habérsele ordenado aclarar su recurso, no aparecen hechos concretos, actuales ni actos u omisiones suficientemente identificables y atribuibles a la parte recurrida que puedan constituir privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de alguna

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