VIZA ÁLVARO MANUEL CONTRA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
54564-2023
Fecha
10 de abril de 2023
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos tercero a décimo, que se elimina. Y teniendo, además, presente: 1°) Que no ha resultado debatido entre las partes que el amparado es un ciudadano extranjero, que en el año 2005 le fue otorgada la permanencia definitiva en Chile, registrando como fecha de salida del territorio nacional relevante para resolver, el 8 de marzo de 2020, oportunidad en que viajó a la República de Argentina, retornando al país el 9 de septiembre de 2022, esto es, tras haber permanecido en el extranjero en forma consecutiva dos años seis meses, siendo notificado el 1 de diciembre de 2002 de la revocación tácita de su residencia definitiva. Finalmente, registra una nueva salida el 11 de marzo de 2023, sin que se haya informado un nuevo ingreso al territorio nacional. 2°) Que en las circunstancias descritas, no existe amenaza a la libertad personal del amparado, por cuanto su situación migratoria es regular, por lo mismo puede trabajar, desplazarse libremente por el país, entrar y salir del mismo, no siendo la acción de amparo el remedio previsto en el ordenamiento jurídico para formular peticiones a la autoridad de la Administración del Estado o subsanar omisiones en las que el administrado haya podido incurrir. 3°) Que conforme a lo expresado, la autoridad migratoria dictó la resolución cuestionada con los antecedentes de los que disponía, fundando su decisión en ellos y en las disposiciones legales que regían la materia, obrando dentro de sus facultades y en el ámbito de su competencia. Atendido lo antes razonado y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Decreto Ley N° 1094 de Extranjería y su reglamento,
Fallo
se declara que se revoca la sentencia apelada de veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 63-2023, y en su lugar se declara que se rechaza el recurso de amparo deducido a favor del ciudadano boliviano Álvaro Manuel Viza. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N° 54.564-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diez de abril de dos mil veintitrés. Al escrito folio 79832-2023: téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos tercero a décimo, que se elimina. Y teniendo, además, presente: 1°) Que no ha resultado debatido entre las partes que el amparado es un ciudadano extranjero, que en el año 2005 le fue otorgada la permanencia definitiva en Chil
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