2º JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO

BANCO DE ESTADO DE CHILE/SALUM

Rol

111196-2022

Fecha

6 de abril de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1° Que en este procedimiento ejecutivo, sobre cobro de pagaré, seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Valparaíso, bajo el Rol C-232-2022, caratulado “Banco Estado / Salum”, la ejecutada deduce el recurso de casación en el fondo, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de esa ciudad, de uno de septiembre de dos mil veintidós, que confirmó la de primer grado, de cuatro de abril del mismo año, que hizo lugar a la demanda ejecutiva, con costas, accediendo al derecho de reserva alegado por el ejecutado, para accionar por la vía ordinaria, según el artículo 473 del Código de Procedimiento Civil, fijando una caución de $1.000.000. 2° Que la ejecutada y recurrente denuncia la contravención de los artículos 471 inciso primero y 473 del Código de Procedimiento Civil, además de los artículos 19 y 22 del Código Civil, acotando su reproche al monto fijado como caución, para el evento de seguirse adelante con la ejecución, por parte de la contraria y, a la circunstancia de haber sido condenada en costas. 3° Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo, contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables, cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 4º Que dicho lo anterior, cabe recordar que esta Corte ha resuelto, reiteradamente, que la decisión que recae sobre la imposición de las costas no reviste el carácter de sentencia definitiva, pues se trata de una medida de carácter económico y, la circunstancia de que ese pronunciamiento se contenga en una sentencia interlocutoria que pone término al juicio, o incluso en la misma sentencia definitiva, sólo responde a un imperativo legal, sin que por tal motivo participe de su naturaleza jurídica. Que lo mismo ocurre, respecto del mon

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Claudio Meneses Pacheco, en representación de la parte ejecutada, en contra de la sentencia de uno de septiembre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Regístrese y devuélvase. N° 111.196-2022.

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, seis de abril de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1° Que en este procedimiento ejecutivo, sobre cobro de pagaré, seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Valparaíso, bajo el Rol C-232-2022, caratulado “Banco Estado / Salum”, la ejecutada deduce el recurso de casación en el fondo, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de esa ciudad, de uno de septiembre de

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