CARABINEROS DE GORBEA C/ JUAN ANDRES VELASQUEZ RIFO
Rol
Fecha
4 de mayo de 2026
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala por la unanimidad de sus integrantes, para resolver respecto a la apelación deducida por la defensa de JUAN ANDRÉS VELÁSQUEZ RIFO, tiene en consideración que el cumplimiento de la pena sustitutiva otorgada al imputado se encuentra pendiente desde hace varios años, que como antecedente relevante, en el año 2023, efectivamente esta Corte revocó la resolución del Juzgado de Garantía que había a su vez revocado la pena sustitutiva ordenando el cumplimiento efectivo y esta corte, en esa oportunidad, dispuso la realización de una nueva audiencia. Que, el imputado, tal como lo ha señalado el Ministerio Público, ha sido apercibido en distintas oportunidades y en distintas audiencias, en las cuales se les ha especificado precisamente que los futuros incumplimientos recaerían, en definitiva, en una revocación de la pena sustitutiva que hoy se debate. Que, no obstante aquello, también debe tenerse en consideración que los antecedentes médicos que ha hecho valer la defensa en esta audiencia, no fueron expuestos ante el Juez A Quo ni tampoco con anterioridad en las múltiples audiencias anteriores referidas a la misma situación que hoy día se debate, Que, en definitiva, no cabe duda para esta Corte que JUAN ANDRÉS VELÁSQUEZ RIFO ha tenido una conducta contumaz y ha desobedecido en innumerables oportunidades las ordenes del Tribunal en cuanto a la obligación legal que tiene de cumplir con la sanción que le fuera impuesta en su oportunidad por la comisión de un ilícito, que todas estas circunstancias hacen entender a este Tribunal que la decisión del Juez A Quo, resulta adecuada a derecho y por tal razón, SE CONFIRMA la resolución de fecha diez de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Pitrufquén, por la cual se revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliario nocturna respecto de JUAN ANDRÉS VELÁSQUEZ RIFO ordenando el cumplimiento efec
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. A las presentaciones de folios 5 y 6 y, a lo principal y otrosí de la presentación de folio 7: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala por la unanimidad de sus integrantes, para resolver respecto a la apelación deducida por la defensa de JUAN ANDRÉS VE
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