11B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/OLGA LUCÍA BERMÚDEZ ESCOBAR. (QUERELLANTE: CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO).

Rol

Fecha

2 de mayo de 2026

Materia

FALSIFICACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS O PENSIONES ART, 202

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que del mérito de lo expuesto en la audiencia se advierte que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la participación de la imputada en los mismos. Segundo: Que en cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga, atendido el número de ilícitos, su naturaleza, actuación en grupo o pandilla, la forma organizada y reiterada de su comisión y, especialmente, su inobservancia a las medidas cautelares a que se encuentra sujeta, como su renuencia de comparecer presencialmente a las diversas audiencias a que se le ha citado en esa modalidad. Esto último, atendido a que desde que salió del país, en agosto de 2024, no ha vuelto ingresar según consta de lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile. A lo que se añade que la imputada fijó un domicilio en el que nunca ha sido habida. De lo expuesto, se concluye respecto de la acusada una abstracción palmaria y evidente en relación a los actos del procedimiento, cuestión que se materializa desde que hace abandono del país impidiendo de esta forma dar cumplimiento a las medidas cautelares decretadas a su respecto, esto es, firma quincenal, arraigo nacional y suspensión de la facultad de emitir licencias médicas, todo lo cual permite concluir que la imputación objetiva que se le atribuye se condice con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinticuatro de abril del año en curso, dictada en los autos RIT 296-2024, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago que decretó la prisión preventiva de la imputada Olga Lucia Bermúdez Escobar. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N°1409-2026-Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dos de mayo de dos mil veintiséis. Sala: Segunda Rol Corte: 1409-2026-Penal. RIT: 296-2024 Ruc: 2300210877-1 Tribunal: 11° Juzgado de Garantía de Santiago. Relator (a): Sebastián Vergara de la Rivera. Abogado asesor del Ministerio Público: Daniela Fregonara Contreras Defensor penal público: Miguel Retamal Fabry Querellante: Pía Corbalán Campos Caratulado: MP C/OLGA LUCÍA BERMÚDEZ E

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