CALDERON OTALVORA / AFP HABITAT S.A.
Rol
Fecha
29 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Odimar Alejandra Calderón Otálvora, de nacionalidad venezolana, interpone recurso de protección en contra de AFP Hábitat S.A., fundado en el rechazo de su solicitud de devolución de fondos previsionales al amparo de la Ley N° 18.156, comunicado mediante carta de 25 de agosto de 2025. Expone que la AFP sostuvo que no cumplía con los requisitos relativos a título técnico o profesional, acreditación de afiliación a un sistema previsional extranjero y manifestación de voluntad en el contrato de trabajo. Sin embargo, afirma que sí acompañó título legalizado y apostillado, certificados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) y de la Embajada de Venezuela que acreditan su afiliación previsional, y un anexo contractual que refleja la continuidad real de su relación laboral. Añade que la misma documentación ya habría sido aceptada por AFP Provida en 2023 para aprobar la devolución de fondos respecto de otros empleadores, lo que evidencia un actuar arbitrario y discriminatorio por parte de AFP Hábitat. Sostiene que el rechazo constituye un acto ilegal y arbitrario, porque desconoce documentos que estima válidos y exigencias que serían de imposible cumplimiento, especialmente la apostilla o legalización de documentos del sistema previsional venezolano, dado que el IVSS no emite ese tipo de certificaciones apostilladas y la embajada de Venezuela en Chile no funciona desde hace un año. Agrega que la constancia del IVSS es verificable en línea y que la decisión de la AFP vulnera su derecho de propiedad sobre los fondos previsionales, su igualdad ante la ley respecto de otros extranjeros en situación análoga, y su derecho al debido proceso por no haberle permitido subsanar observaciones o aportar antecedentes adicionales. Solicita que se declare ilegal y arbitrario el acto recurrido y se ordene a AFP Hábitat efectuar la devolución íntegra de sus fondos previsionales. Segundo: Que, al evacuar informe, Roberto Felipe Díaz
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se declara que: I.- Se acoge la excepción de extemporaneidad. II.- Se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Odimar Alejandra Calderón Otálvora en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Hábitat S.A., sin perjuicio de otros derechos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4328-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Odimar Alejandra Calderón Otálvora, de nacionalidad venezolana, interpone recurso de protección en contra de AFP Hábitat S.A., fundado en el rechazo de su solicitud de devolución de fondos previsionales al amparo de la Ley N° 18.156, comunicado mediante carta de 25 de agosto de 2025. Expone que la AF
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