SIN INFORMACION

CORREA / AFP MODELO S.A.

Rol

Fecha

29 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Jimmber Javier Correa Arteaga, cédula de identidad para extranjeros 26.585.721-3, de nacionalidad venezolana, interpone recurso de protección en contra de la AFP Modelo S.A., por el acto ilegal y arbitrario del 30 de enero de 2026, consistente en el rechazo de la solicitud de retiro de fondos para extranjero, lo que infringe las garantías de los numerales 2, 24 y 26 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Refiere que solicitó a la AFP recurrida, la devolución de fondos previsionales de acuerdo con la Ley N°18.156, lo que fue rechazado por el siguiente motivo “… Falta Certificado de Afiliación Apostillado: El Certificado de Afiliación Previsional debe ser emitido por la institución previsional de tu país de origen, indicando explícitamente las prestaciones de vejez, enfermedad, invalidez y muerte, y debe estar debidamente apostillado o legalizado.” Asegura que del texto transcrito se advierte el actuar arbitrario e ilegal, puesto que la recurrida decide rechazar la solicitud impetrada, pese a cumplir con los requisitos legales, lo que deviene en un actuar caprichoso y, sin sustento jurídico, lo que, a su entender, vulnera las garantías de igualdad ante la Ley, debido proceso y, el derecho de propiedad. En consecuencia, el rechazo de su solicitud carece de racionalidad y proporcionalidad, configurándose un acto arbitrario contrario al orden constitucional. En este estado de cosas, pide que la AFP recurrida proceda a realizar un nuevo pronunciamiento sobre la solicitud planteada conforme a derecho y dentro del plazo de 5 días efectuar la devolución de los fondos de pensión solicitados, adoptando las providencias que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que al informar la AFP recurrida señala que el actor realizó una solicitud de devolución de fondos previsionales de conformidad a la Ley N°18.156, acompañando los siguientes documentos: 1. Título Profesional del recurrente. 2. Constancia electrónica de cotizaciones. 3. Contrato de Trabajo y anexo suscrito con el empleador Transportes CCU Limitada, RUT 79.862.750-3. Expresa que luego de revisar dicha documentación con el objeto de determinar la procedencia de la solicitud de devolución de fondos regulada por la Ley N°18.156, rechazó la solicitud de devolución de fondos por técnico extranjero debido a que el recurrente acompañó un documento denominado “constancia electrónica de cotizaciones”, el cual no cumple con las exigencias establecidas en la normativa vigente, pues no es un certificado de afiliación, no menciona las coberturas con las que cuenta el afiliado en su caso específico, sino que menciona de forma genérica las coberturas del sistema previsional de Venezuela, no se encuentra firmado por la persona que emite el documento y, además, no se encuentra debidamente legalizado o apostillado, según corresponda, y adicionalmente, no acompañó el contrato de trabajo suscrito con el empleador TRANSPORTES CCU LIMITADA, RUT 79.862.750-3. En mérito de lo anterior, asegura que no ha existido ningún acto u omisión arbitrario, ni menos aún alguna vulneración a las garantías establecidas en el artículo 19 N°2 y N°24 de las Constitución Política de la República, toda vez que se ha seguido lo indicado por la ley y los criterios establecidos por la Superintendencia de Pensiones en la revisión de la solicitud y de los antecedentes. P

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Jimmber Javier Correa Arteaga en contra de AFP Modelo S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°661-2026 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Jimmber Javier Correa Arteaga, cédula de identidad para extranjeros 26.585.721-3, de nacionalidad venezolana, interpone recurso de protección en contra de la AFP Modelo S.A., por el acto ilegal y arbitrario del 30 de enero de 2026, consistente en el rechazo de la solicitud de retiro de fondos para ex

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