VELA / AFP MODELO S.A.
Rol
Fecha
29 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Minerva del Valle Vela Briceño, de nacionalidad venezolana, domiciliada en San Ignacio de Loyola Nº4850, comuna de San Miguel, interpone acción de protección constitucional en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., representada legalmente por Andrés Flisfisch Camhi, ambos domiciliados en Avenida del Valle Sur Nº614, comuna de Huechuraba, por el acto ilegal y arbitrario de haber rechazado el 27 de noviembre de 2025 la solicitud de retiro de fondos para extranjero presentada al amparo de la Ley N°18.156. Refiere que su representada solicitó ante la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo, mediante el portal web correspondiente, la devolución de fondos previsionales de acuerdo con la Ley N°18.156, que establece exención de cotizaciones previsionales a los técnicos extranjeros y a las empresas que los contraten bajo las condiciones que se indican. Posteriormente, mediante correo electrónico la administradora de fondos informó las razones para no dar curso a su solicitud, indicando como razones para negar la solicitud, entre otras, que el certificado de afiliación a un sistema de previsión social extranjero no cumplía con las formalidades necesarias. Señala que la administradora recurrida obstaculiza el proceso de solicitud de retiro de fondos del recurrente, dando una mala interpretación de la norma, desatendiendo el objetivo de esta, que es permitir que el extranjero pueda disponer su propiedad, en este caso de sus fondos previsionales. Expresa que la conducta ilegal y arbitraria de la recurrida vulnera el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho a la propiedad privada consagrados en el artículo 19 N°2 y N°24 de la Constitución Política Nacional, por requisitos no establecidos, realizando una interpretación restrictiva de la norma en perjuicio del administrado. Solicita se reconozca como válida la documentación acompañada, procedie
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas el recurso de protección deducido a favor de Minerva del Valle Vela Briceño en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., sin perjuicio de otros derechos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4919-2025 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Minerva del Valle Vela Briceño, de nacionalidad venezolana, domiciliada en San Ignacio de Loyola Nº4850, comuna de San Miguel, interpone acción de protección constitucional en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., rep
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