SIN INFORMACION

RIVERA SOLAR JESÚS ANTONIO / CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS HEROES

Rol

Fecha

28 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, se deduce acción constitucional de protección en favor de Jesús Antonio Rivera Solar, y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, representada legalmente por don Jorge Oliva Mol, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de los derechos consagrados en el numeral 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que importarían los descuentos de sus remuneraciones, ordenados por la recurrida, en razón de un crédito social obtenido de ésta. Solicita que esta Corte, restableciendo el imperio del derecho, ordene a la recurrida cesar o abstenerse de requerir descuentos de su remuneración por el crédito social aludido y proceder a la devolución de todos los montos indebidamente descontados, con costas. Funda su arbitrio en que, en el mes de noviembre de 2016, celebró un contrato de mutuo con la recurrida, pactando su restitución en 64 cuotas mensuales, cuyo primer vencimiento fue pactado para el día 25 de diciembre de 2016, y pagadero en la forma prescrita en el artículo 22 de la Ley N° 18.833. Poco tiempo después, fue desvinculado de su empleo, por lo que cesó el pago regular de las cuotas convenidas. Añade que solamente en el mes de enero de 2024, y sin mediar aviso previo, constató que se le había descontado de su remuneración la cantidad de $142.318, imputado al crédito referido, sin indicar la cuota específica, el saldo insoluto, ni el detalle de la imputación efectuada, descuento que se le ha efectuado mes a mes desde entonces. Indica que el crédito que se le intenta cobrar fue solicitado hace 10 años atrás, cuya última cuota debió pagarse en diciembre de 2016, por lo que a su juicio la acción de cobro del mismo se encuentra ampliamente prescrita; de lo que se sigue que el cobro realizado es ilegal y carece de justificación. A folio 8, informa la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, solicitando el rechazo del arbitrio y señalando, en primer lugar, la extemporaneidad de la acci

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el acto que la recurrente reprocha como arbitrario e ilegal consiste en los descuentos que comenzaron a efectuarse en su remuneración a partir del mes de enero del año 2024, de un crédito solicitado en el año 2016, sin que la recurrida haya practicado jamás cobro alguno de la acreencia, sea mediante descuentos de remuneraciones o por vía judicial. Segundo: Que, teniendo presente la fecha de inicio de los descuentos, en enero de 2024, y la fecha de interposición de la presente acción, en el mes de abril del presente año, el recurso en referencia resulta claramente extemporáneo conforme al artículo 1° del Auto Acordado sobre la materia, por lo que así

Fallo

se declarará. Tercero: Que, sin perjuicio de lo anterior, se logra advertir, del informe y los documentos acompañados por la recurrida, que el recurrente ha efectuado, en años intermedios entre 2016 y el presente, diversas imputaciones a la deuda, por lo que no se trata de un cobro caprichoso o injustificado, sino de una deuda que ha sido expresamente reconocida por el actor en años anteriores mediante su pago, de lo que se sigue que no existe una actuación arbitraria o ilegal de la recurrida en su cobro, toda vez que se trata de una deuda vigente. Por estas consideraciones y conforme con lo prescrito en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la alegación de extemporaneidad levantada por la recurrida, y en consecuencia se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección deducida a folio 1. Decisión acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Fuentes, quien estuvo por condenar en costas a la parte recurrente. Álcese orden de no innovar decretada a folio 6, una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2914-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de abril de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, se deduce acción constitucional de protección en favor de Jesús Antonio Rivera Solar, y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, representada legalmente por don Jorge Oliva Mol, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de los derechos consagrados en el numeral 24° del a

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