VÁSQUEZ/PULMAN CARGO S.A.
Rol
Fecha
24 de abril de 2026
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente, que tanto el error de la individualización del representante judicial de uno de los demandados, al momento de la notificación de la audiencia de absolución de posiciones, y la incomparecencia del receptor judicial de turno a la audiencia ya referida, constituyen circunstancias no imputables al demandante, que configuran un entorpecimiento al tenor del artículo 339, inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, en lo apelado, la resolución de veinticinco de febrero de dos mil veintiséis, dictada en causa Rol C-266-2025, del Tercer Juzgado de Letras de Calama, que no dio lugar al entorpecimiento alegado, y, en su lugar, se hará lugar al entorpecimiento deducido, debiendo el tribunal a quo fijar una nueva fecha y hora para la recepción de la prueba confesional respecto del demandado Marco de la Cruz Tabilo Alfaro, en segunda citación, y bajo las mismas condiciones en que dicha diligencia fue decretada originalmente. Regístrese y comuníquese. Rol 389-2026 (Civil) 1
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente, que tanto el error de la individualización del representante judicial de uno de los demandados, al momento de la notificación de la audiencia de absolución de posiciones, y la incomparecencia del receptor judicial de turno a la audiencia ya referida, constituyen circunstancia
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