JUZGADO DE GARANTIA DE VALDIVIA

MP/SALGADO

Rol

Fecha

24 de abril de 2026

Materia

LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, estimando que los fines del procedimiento pueden asegurarse con medidas de menor intensidad, se REVOCA la resolución apelada de dieciséis de abril de dos mil veintiséis y, en su lugar, se sustituye la prisión preventiva por las medidas cautelares de arresto domiciliario total, prohibición de acercarse a la víctima y al lugar de los hechos y arraigo nacional. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° PENAL- 490-2026. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. Sra. Jeanette Barría Ulloa, Relatora Suplente. En Valdivia, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se sustituya la prisión preventiva por otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. A continuación, alega el Ministerio Público y solicita se confirme la resolución apelada, en virtud de fundamentos de hecho y derecho que expone en audiencia. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, estimando que los fines del procedimiento pueden asegurarse con medidas de menor intensidad, se REVOCA la resolución apelada de dieciséis de abril de dos mil veintiséis y, en su lugar, se sustituye la prisión preventiva por las medidas cautelares de arresto domiciliario total, prohibición de acercarse a la víctima y al lugar de los hechos y arraigo nacional. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° PENAL- 490-2026. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. Sra. Jeanette Barría Ulloa, Relatora Suplente. En Valdivia, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISÉIS, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC N° 2600570420-K, RIT N° O-2090-2026, ROL CORTE N° PENAL -490-2026. Siendo las 09:24 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro señor

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