ALMACENES GENERALES DE DEPOSIT C/ ALBERTO ERNESTO PENTZKE MUNOZ
Rol
Fecha
24 de abril de 2026
Materia
DELITOS CONTENIDOS EN LEYES DE PRENDA ESPECIALES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por resolución de once de marzo pasado, dictada en los autos RIT 3504-2019 del Juzgado de Garantía de San Felipe, se rechazó la solicitud de medidas precautorias formulada por los abogados José Rojas Silva y Matías Hiriart Bertrand, en representación de los acusadores particulares y demandante civiles que indican. El tribunal sustentó dicha negativa en lo dispuesto en el artículo 157 inciso 2° del Código de Procedimiento Penal en relación al artículo 261 letra d) del mismo cuerpo normativo, estimando que el hecho de no haber pedido estas medidas conjuntamente con la demanda civil trae como consecuencia la preclusión de tal derecho. Segundo: Que, en contra de tal decisión se alzaron los abogados ya mencionados, quienes estiman que el tribunal realizó una errónea interpretación del artículo 157 del Código Procesal Penal en lo que concierne a la oportunidad para solicitar medidas precautorias, ya que la norma citada, al establecer que la víctima podrá solicitar una o más de estas medidas al deducir la demanda civil no fija un plazo perentorio parta tales efectos, lo que resulta lógico atendida la naturaleza de estas medidas y teniendo, además, presente que se aplican supletoriamente las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, según el cual las precautorias se pueden pedir en cualquier estado del juicio. Solicita que se revoque la resolución apelada y se les concedan las medidas precautorias solicitadas. Tercero: Que, el artículo 157 del Código Procesal Penal, concerniente a la materia debatida, prescribe que “Procedencia de las medidas cautelares reales. Durante la etapa de investigación, el ministerio público o la víctima podrán solicitar por escrito al juez de garantía que decrete respecto del imputado, una o más de las medidas precautorias autorizadas en el Título V del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil. En estos casos, las solicitudes respectivas se substanciarán y regirán de acuerdo a lo previsto en el Título IV del mismo Libro. Con todo, concedida la medida, el plazo para presentar la demanda se extenderá hasta la oportunidad prevista en el artículo 60. Del mismo modo, al deducir la demanda civil, la víctima podrá solicitar que se decrete una o más de dichas medidas. El Ministerio Público deberá solicitar las medidas cautelares que correspondan para asegurar bienes suficientes con el fin de hacer efectivo el comiso de las ganancias provenientes del delito o, de proceder, el comiso por valor equivalente de instrumentos o efectos del delito. Para estos efectos, el juez podrá autorizar la retención de dineros o cosas muebles que se encuentren en poder del imputado o de terceros, o en cuentas de bancos o en fondos generales administrados por terceros”. Cuarto: Que, para el apelante, la norma transcrita simplemente reconoce momentos procesales en que la víctima puede solicitar alguna medida precautoria, durante la etapa de la investigación y al deducir la demanda civil, sin que se trate de u
Fallo
Por estas consideraciones y citas legales, SE REVOCA la resolución de once de marzo del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de San Felipe en los autos RIT 3504-2019 y en su lugar se ordena que un tribunal no inhabilitado emita pronunciamiento de fondo acerca de la solicitud formulada por los abogados José Rojas y Matías Hiriart en el escrito de 10 de marzo pasado. Comuníquese y devuélvase. Redactó la ministra Nancy Bluck Bahamondes. N°Penal-694-2026.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que, por resolución de once de marzo pasado, dictada en los autos RIT 3504-2019 del Juzgado de Garantía de San Felipe, se rechazó la solicitud de medidas precautorias formulada por los abogados José Rojas Silva y Matías Hiriart Bertrand, en representación de los acusadores particulares
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica