CESAR ALFREDO RAMOS REYES C/ JORGE JOVANNI ALTAMIRANO PACHECO
Rol
Fecha
24 de abril de 2026
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Previa eliminación de la frase “si no cumple con lo ordenado, se podrá hacer efectivo el apercibimiento legal o denunciar un delito de desacato” del último párrafo de la resolución en alzada, y teniendo especialmente presente lo dispuesto por el artículo 10 letra f) del Decreto N°177 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de mayo de 2022, y sin perjuicio de las medidas que se pudieran tomar en su oportunidad se fuere procedente, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, mediante la cual se instruyó el otorgamiento de un permiso de residencia temporal en favor de la condenada Angélica Chura León. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) señora Soledad Sepúlveda Fonck. Devuélvase vía interconexión. Rol N°262-2026 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. Siendo las 12:30 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz, e integrada por el Ministro titular señor Juan Carlos Espinosa Rojas y la Ministra suplente señora Jimena Pérez Pinto, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la de
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