ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de abril de 2026
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, autoriza al Tribunal para corregir de oficio los errores que observe en la tramitación del proceso y asimismo tomar las medidas que tiendan a evitar la nulidad de los actos de procedimiento. Segundo: Que con fecha 18 de julio de 2025, se determinó provisoriamente la pensión alimenticia en la suma de $211.600 que a esa época correspondían a 3,07 UTM, resolución que fue impugnada por la parte demandada, acogiéndose la reposición y fijando finalmente el tribunal como pensión provisoria la suma equivalente a 2.1763 UTM, a esa época...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintitrés de abril de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, autoriza al Tribunal para corregir de oficio los errores que observe en la tramitación del proceso y asimismo tomar las medidas que tiendan a evitar la nulidad de los actos de procedimiento. Segundo: Que con fecha 18 de julio de 2025, se dete
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