ALTAMIRANO/MUNICIPALIDAD SAN PABLO
Rol
Fecha
23 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1º) Carmen Gloria Altamirano De La Guarda, contadora y auditora, domiciliada en la comuna de Osorno, deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de San Pablo, representada por su alcalde Marco Carrillo Bravo, impugnando el Decreto Alcaldicio 1776 de 15 de octubre de 2025, notificado el 2 de marzo de 2026, que le aplicó la medida disciplinaria de destitución, acto que califica de arbitrario, ilegal y vulneratorio de sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y propiedad, contenidas en los números 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que fue sancionada en su calidad de jefa de Administración y Finanzas del Departamento Administrativo de Educación Municipal, DAEM, imputándosele el cargo de haber suscrito certificados de disponibilidad presupuestaria respecto de determinadas adquisiciones, actuaciones que habrían generado un supuesto detrimento patrimonial para la municipalidad. Señala que el sumario administrativo del que fue objeto se funda únicamente en las declaraciones de la nueva jefa de finanzas, quien se ha visto beneficiada por su destitución, pues fue nombrada en el cargo que la recurrente antes ocupaba, por lo que sus afirmaciones carecen de imparcialidad y responden a un interés directo en obtener su sanción. Agrega que el acto recurrido tampoco realiza un análisis efectivo de los descargos presentados durante el procedimiento disciplinario, limitándose a reproducir las conclusiones del informe del fiscal instructor sin explicar de qué manera los antecedentes aportados por su parte fueron considerados y descartados. Indica que el procedimiento adolece de una serie de irregularidades, que no fue tratada en forma igualitaria con otros involucrados, que no existió perjuicio patrimonial y que el fiscal actuó en base a un evidente prejuzgamiento. Señala que la resolución impugnada adolece de falta de fundamentación, la pena excede toda proporcionalidad y se h
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Carmen Gloria Altamirano De La Guarda en contra de la Ilustre Municipalidad de San Pablo. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-392-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintitrés de abril de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Carmen Gloria Altamirano De La Guarda, contadora y auditora, domiciliada en la comuna de Osorno, deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de San Pablo, representada por su alcalde Marco Carrillo Bravo, impugnando el Decreto Alcaldicio 1776 de 15 de octubre de 2025, notificado el 2 de marzo
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