JUZGADO DE FAMILIA TEMUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

22 de abril de 2026

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Giovanna Grilli Gatica, en contra de la resolución de fecha nueve de marzo de dos mil veintiséis, escrita a folio 59 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N° Familia-219-2026. (mft/cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Giovanna Grilli Gatica, en contra de la resolución de fecha nueve de marzo de dos mil veintiséis, escrita a folio 59 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N° Familia-219-2026. (mft/cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintidós de abril de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Giovanna Grilli Gatica, en contra de la resolución de fecha nueve de marzo de dos mil veintiséis, escrita a folio 59 en el expediente digita

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