SIN INFORMACION

SOCIEDAD COMERCIAL MORALES Y OLAVE SPA C/ MUNICIPALIDAD DE VILLARRICA

Rol

Fecha

23 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en autos y teniendo especialmente presente el certificado emitido por el Ministro de Fe de esta Corte, del cual consta la existencia de la causa Rol Protección N° 780-2026, seguida entre las mismas partes y fundada en hechos sustancialmente coincidentes con los que motivan la presente acción, la cual fue declarada inadmisible mediante resolución de fecha nueve de marzo de dos mil veintiséis, confirmada con posterioridad al rechazarse la reposición deducida en su contra, encontrándose firme y ejecutoriada. Asimismo, en dicha causa esta Corte ya se pronunció en orden a que la materia planteada dice relación con una controversia de naturaleza contractual y administrativa, vinculada al término de una concesión, cuya resolución excede el ámbito cautelar del recurso de protección, por requerir un debate propio de los procedimientos ordinarios correspondientes; En estas condiciones, la presente acción reproduce en lo sustancial los mismos hechos y pretensiones ya sometidos al conocimiento de esta Corte, insistiendo en una vía que previamente ha sido declarada improcedente, sin aportar antecedentes nuevos que justifiquen un nuevo pronunciamiento en esta sede; Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de protección deducido por Sociedad Comercial Morales y Olave SPA C. en contra de la Municipalidad de Villarrica. Regístrese y archívese. N° Protección-1367-2026.(csd)

Fallo

fallo del recurso de protección, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de protección deducido por Sociedad Comercial Morales y Olave SPA C. en contra de la Municipalidad de Villarrica. Regístrese y archívese. N° Protección-1367-2026.(csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintitrés de abril de dos mil veintiséis. Al folio 5: A lo principal: estese a lo que se resolverá. Al otrosí: proa acompañados. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en autos y teniendo especialmente presente el certificado emitido por el Ministro de Fe de esta Corte, del cual consta la existencia de la causa Rol Protección N° 780-2026, seguida entr

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