SIN INFORMACION

VEGAS/COMUNIDAD EDIFICIO VIDA URBANA

Rol

Fecha

22 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Natalia Constanza Cabrera Morales, abogada, en representación de don Roberto Félix Vegas Morales, interponiendo recurso de protección en contra del Conjunto Habitacional Vida Urbana, representado legalmente por don Manuel Alberto Ahumada Berríos, por haber incurrido en un acto que estima ilegal y arbitrario consistente en el corte del suministro eléctrico del departamento N° 2504 de dicho edificio, el cual es de propiedad de su representado. Señala la parte recurrente que el día 5 de marzo de 2025 se le notificó el cobro de una multa por una supuesta mudanza no autorizada por parte de su antiguo arrendatario, cargo que se reflejó en los gastos comunes del mes de marzo por un monto de $204.102. Frente a esto, indica que con fecha 12 de mayo de 2025 presentó un reclamo formal ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Estación Central para impugnar la procedencia de dicha multa, juicio que se encuentra actualmente en tramitación. Relata que, no obstante estar la multa discutida en sede judicial, y existiendo un nuevo arrendatario en el inmueble, la administración recurrida procedió a cortar el suministro eléctrico de la unidad con fechas 15 y 27 de agosto de 2025. Argumenta que la medida carece de sustento, puesto que la Ley N° 21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria solo autoriza el corte de servicios básicos por morosidad en más de tres cuotas de gastos comunes, situación que no concurre en la especie, ya que el resto de las obligaciones ordinarias se encuentran pagadas y la deuda corresponde exclusivamente a la multa controvertida. Estima que este actuar vulnera su garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 24 (derecho de propiedad) de la Constitución Política de la República. Solicita, en definitiva, que se acoja el recurso, se ordene la reposición inmediata del suministro eléctrico, la prohibición de nuevos cortes y que la recurrida se abstenga de ejercer autotutela. SEGUNDO: Que, la recurrid

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por doña Natalia Constanza Cabrera Morales, en representación de don Roberto Félix Vegas Morales, en contra del Conjunto Habitacional Vida Urbana. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-19038-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de abril de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Natalia Constanza Cabrera Morales, abogada, en representación de don Roberto Félix Vegas Morales, interponiendo recurso de protección en contra del Conjunto Habitacional Vida Urbana, representado legalmente por don Manuel Alberto Ahumada Berríos, por haber incurrido en un

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