JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PARRAL

FORESTAL ARAUCO S.A/CORPORACION NACIONAL FORESTAL

Rol

Fecha

22 de abril de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, y se tiene, demás, presente: Primero: Que, respecto a la excepción de incompetencia absoluta del Juzgado de Policía Local de Parral, para conocer de la presente denuncia, alegada por la denunciada Forestal Arauco S. A., y que fundó en que la denuncia deducida en su contra dice relación con una obligación que emana del Reglamento General del Decreto Ley N° 701 de 1974, Decreto 193 de 1998 del Ministerio de Agricultura, la misma no tiene asidero, desde que no puede pretenderse, como sostiene la incidentista, sostener que el reglamento de un cuerpo legal tiene normas especiales sobre competencia, sin considerar para tal aseveración la norma de interpretación de la ley, señalada en el artículo 22 del Código Civil, doctrinariamente conocida como “interpretación sistemática de la ley”, que dispone: “Artículo 22. El contexto de la ley servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.     Los pasajes obscuros de una ley pueden ser ilustrados por medio de otras leyes, particularmente si versan sobre el mismo asunto.” Por lo demás, para resolver la excepción planteada, no resulta atendible sostener que las disposiciones de un reglamento puede tener normas procedimentales distintas al del cuerpo normativo al que adhieren, desde que un reglamento es una norma jurídica subordinada a la ley, dictada por el Poder Ejecutivo o la administración pública para detallar, pormenorizar y facilitar la aplicación de una ley existente, que se caracteriza por ser de carácter general, abstracto, obligatorio, y jerárquicamente inferior a la ley, sin poder contravenirla o regular materias reservadas al legislativo; desde este punto de vista, la alegación de incompetencia efectuada por la denunciada debe ser rechazada. Segundo: Que, sobre la excepción de prescripción de la acción alegada por la denunciada, la que fundada, igualmente, en considerar el Reglamento del Dec

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Talca, veintidós de abril de dos mil veintiséis Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, y se tiene, demás, presente: Primero: Que, respecto a la excepción de incompetencia absoluta del Juzgado de Policía Local de Parral, para conocer de la presente denuncia, alegada por la denunciada Forestal Arauco S. A., y que fundó en que la denuncia deducida en su contra dice relación con una obligación q

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