SIN INFORMACION

TRA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

22 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que José Patricio Cornejo Ibarra interpone recurso de protección en favor de Bi Toa Roland Tra, de nacionalidad marfileña, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dictación de la resolución N° 2500100317897 de fecha 16 de diciembre de 2025 que declaró inadmisible su solicitud de residencia definitiva y derivó los antecedentes a una solicitud de residencia temporal. Expone que el recurrente mantiene residencia legal en el país desde el año 2015 y que con fecha 23 de mayo de 2024 solicitó el beneficio de permanencia definitiva, trámite que fue inicialmente acogido y cuyos derechos fueron pagados en tiempo y forma. Señala que fue notificado de la decisión recurrida que declara la inadmisibilidad por improcedente invocando el artículo 65 N° 4 del Decreto N° 296 por contar supuestamente con una infracción migratoria grave. Alega que el acto es ilegal y arbitrario porque la autoridad actuó ultra vires al carecer de potestad para “des-admitir” un trámite ya aceptado y sostiene que existe una falta de motivación suficiente al no señalar de manera clara y fehaciente cuáles son las infracciones fundamento del acto. Sostiene además que se vulneró el debido proceso administrativo al no otorgar la posibilidad de presentar defensas o documentos antes de dictar un acto terminal desfavorable, afectando la confianza legítima y el principio de prohibición de la reformatio in peius al agravar la situación inicial del administrado. Recalca que el recurrente posee un fuerte arraigo familiar constituido por una hija de nacionalidad chilena y que la exclusión administrativa resulta desproporcionada al ignorar su efectiva inserción social y laboral en el territorio nacional. Funda su acción en la vulneración de las garantías de igualdad ante la ley, debido proceso, libertad de trabajo y el interés superior del niño. Por lo anterior, solicita acoger el recurso de protección, dejar sin efecto la resolución N° 2500100317897 y ordenar que se continúe con la tramitación de su residencia definitiva para que sea resuelta conforme a derecho. Segundo: Que Antonio Beltrán Henríquez y María Paz Fuenzalida García, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, solicitan al evacuar informe el rechazo íntegro de la acción constitucional de protección interpuesta en favor de Bi Toa Roland Tra. Exponen que el recurrente, de nacionalidad marfileña, ingresó a Chile el catorce de marzo de dos mil nueve por el paso fronterizo habilitado Aeropuerto Arturo Merino Benítez. Señalan que el interesado registra una conducta migratoria marcada por múltiples sanciones pecuniarias por residencia irregular dictadas entre los años 2010 y 2018, habiendo obtenido en dicho periodo diversos permisos de residencia temporal y sujeta a contrato. Indican que con fecha 23 de mayo de 2024 solicitó un permiso de residencia definitiva, el cual fue declarado inadmisible por improcedente mediante la resolución N° 2500100317897 de 16 de diciembre de 2025 por no cumplir con

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo veinte de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia se rechaza sin costas el recurso de protección deducido en favor de Bi Toa Roland Tra en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°4974-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintidós de abril de dos mil veintiséis. Al folio 13: Téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que José Patricio Cornejo Ibarra interpone recurso de protección en favor de Bi Toa Roland Tra, de nacionalidad marfileña, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dictación de la resolución N° 2500100317897 de fecha 16 de diciembre de 2025 que declaró inadmisible su

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