SIN INFORMACION

BENZADON / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

22 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Aharón Benzadón Sapiurka, por sí y en favor de su hijo menor de edad Abraham Benzadón Amselem, ambos de nacionalidad española, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en que dicho órgano, mediante Resolución Exenta N° 2600100005326, de fecha 5 de enero de 2026, dispuso el archivo de la solicitud de residencia definitiva del niño, sobre la base de un antecedente que califica como manifiestamente erróneo, consistente en que éste se encontraría fuera del territorio nacional desde el 30 de junio de 2025, sin registrar nuevos ingresos. Expone que el grupo familiar ingresó a Chile en el año 2021 y ha residido de manera continua en el país, contando todos sus integrantes con residencia regular, habiéndose incluso otorgado la residencia definitiva a algunos de ellos. Señala que el menor reside en Chile, no ha salido del país en los términos indicados por la autoridad y que la decisión administrativa se sustenta en un presupuesto fáctico inexistente, lo que la torna ilegal y arbitraria, vulnerando su garantía de igualdad ante la ley. Solicita se deje sin efecto la resolución recurrida y se ordene dar curso a su solicitud de residencia definitiva. SEGUNDO: Que, evacuando informe, el Servicio Nacional de Migraciones solicita el rechazo del recurso, alegando que no existe acto ilegal ni arbitrario, toda vez que la resolución impugnada fue dictada por autoridad competente, dentro de un procedimiento administrativo reglado, fundándose en información oficial proporcionada por la Policía de Investigaciones de Chile, según la cual el menor registraba una salida del país con fecha 30 de junio de 2025, sin ingresos posteriores, lo que justificó el archivo de la solicitud conforme a la normativa vigente. Agrega que no se ha dictado sanción migratoria alguna en contra del recurrente y que éste mantiene la posibilidad de regularizar su situación por las vías admi

Fundamentos

considerando el contenido del certificado de viajes descrito en el motivo tercero, dicha información contradice directamente el fundamento fáctico de la decisión administrativa impugnada. En consecuencia, el acto recurrido se sustenta en un hecho que no se ajusta a la realidad, lo que lo priva de un fundamento racional suficiente, tornándolo arbitrario, desde que la autoridad ha adoptado una decisión relevante basada en un antecedente erróneo. SÉPTIMO: Que dicha circunstancia importa una vulneración de la garantía de igualdad ante la ley, al impedir al menor recurrente continuar la tramitación de su solicitud en condiciones equivalentes a otros solicitantes que se encuentran en la misma situación fáctica y jurídica. OCTAVO: Que, en consecuencia, concurriendo un acto arbitrario que perturba el legítimo ejercicio de la garantía constitucional señalada, la presente acción será acogida, a fin de restablecer el imperio del derecho.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el auto acordado de la Exma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional de protección deducida en favor del menor Abraham Benzadón Amselem, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia se declara que: I. Se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 2600100005326, de fecha 5 de enero de 2026, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso el archivo de la solicitud de residencia definitiva del referido menor; II. Se ordena a la autoridad recurrida proceder a desarchivar la solicitud de residencia definitiva del menor y continuar con su tramitación conforme a derecho, prescindiendo del error fáctico que motivó el acto invalidado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad.  N°Protección-246-2026. En San Miguel, veintidós de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintidós de abril de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Aharón Benzadón Sapiurka, por sí y en favor de su hijo menor de edad Abraham Benzadón Amselem, ambos de nacionalidad española, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en que dicho órgano, mediante Resolución Exenta N° 2600

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