TORREALBA CAMPOS, JHON ALEXANDER/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
22 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, el 17 de abril de 2026, comparece don Junior Armando Daza Vargas, abogado, en representación de Jhon Alexander Torrealba Campos, venezolano, RUN 29.149.421-1, domiciliado en Hurtado de Mendoza N°609, Coquimbo, deduciendo recuso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director nacional, Frank Carlos Sauerbaum Muñoz, alegando como acto ilegal y arbitrario la Resolución Exenta N°34871 de 28 de octubre de 2025 la cual ordena la expulsión del territorio nacional fundada en el ingreso por paso no habilitado, indicando que dicha resolución vulnera gravemente el derecho a la libertad personal y seguridad individual del amparado, al dictarse sin ponderar su situación personal y familiar, aplicando una medida desproporcionada. Indica que el 05 de junio de 2023 el amparado fue notificado del inicio de un procedimiento administrativo sancionatorio de expulsión fundado en su situación migratoria irregular, evacuando posteriormente sus descargos donde expuso su situación personal y familiar, es padre de una niña chilena respecto de quien ejercer un rol activo siendo su principal sustento económico, acompañando antecedentes de arraigo en el país, haciendo referencia la autoridad a un hecho vinculado a la conducción de un vehículo por parte del amparado, lo que se explicó en los descargos, haciendo presente que desde la ocurrencia de dicho hecho no registra reincidencia de ninguna naturaleza, manteniendo conducta intachable. Añade que la referida resolución fue notificada el 08 de abril de 2026. Prosigue señalando que la recurrida omitió efectuar un análisis real, concreto e individualizado de las circunstancias expuestas, limitándose aplicar de manera autónoma la sanción de expulsión. Previa citación de normas legales, solicita se acoja el recurso declarando que la Resolución Exenta N°34.871 de 28 de octubre de 2025 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones constituye un
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Jhon Alexander Torrealba Campos, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°34871 de 28 de octubre de 2025, dictada por dicho organismo, mediante la cual se dispuso la expulsión del amparado del territorio nacional, otorgándose al recurrente un plazo de 30 días hábiles para acompañar ante el Servicio Nacional de Migraciones, los antecedentes familiares, sociales y laborales alegados en su presentación, necesarios para acreditar su arraigo familiar, laboral y social en el país, debiendo, en su oportunidad, la autoridad administrativa emitir un nuevo pronunciamiento debidamente fundado, ponderando tales circunstancias. Acordada con el voto en contra del ministro, Sr. Iván Corona Albornoz, quien considero la inexistencia de un acto ilegal del recurrido al haber actuado bajo los presupuestos establecidos en la Ley y dentro de sus facultades, teniendo en especial consideración que el recurrente no acreditó, ni ante el Servicio Nacional de Migraciones ni ante este Tribunal, de manera suficiente, el arraigo familiar alegado como fundamento de la supuesta ilegalidad. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°263-2026 Amparo
Texto Completo (Preview)
Jhon Alexander Torrealba Campos Servicio Nacional de Migraciones Recurso de amparo Rol N°263-2026 La Serena, veintidós de abril de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, el 17 de abril de 2026, comparece don Junior Armando Daza Vargas, abogado, en representación de Jhon Alexander Torrealba Campos, venezolano, RUN 29.149.421-1, domiciliado en Hurtado de Mendoza N°6
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