SIN INFORMACION

VILLEGAS HUENUL, SILVANA / TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

21 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE / FALLO SALA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que doña Silvana Villegas Huenul interpone recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República, por actuaciones de cobro de deuda derivada del Crédito con Aval del Estado. 2° Que dichas actuaciones se enmarcan en el ejercicio de facultades legales de recaudación, no advirtiéndose, en esta etapa, la existencia de un acto ilegal o arbitrario que afecte garantías constitucionales, las que, en todo caso, no se especifican en el libelo. 3° Que lo pretendido dice relación con cuestionar la procedencia y exigibilidad de la deuda, materias propias de un procedimiento de lato conocimiento, ajenas al ámbito cautelar del recurso de protección. 4° Que, además, dichas gestiones se insertan en la ejecución de políticas públicas orientadas a la recuperación de créditos educativos, lo que no constituye por sí una vulneración de derechos fundamentales. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido en contra de la Tesorería General de la República. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 94-2026 (Protección).

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido en contra de la Tesorería General de la República. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 94-2026 (Protección).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, veintiuno de abril de dos mil veintiséis. Con la cuenta de la señora Relator. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que doña Silvana Villegas Huenul interpone recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República, por actuaciones de cobro de deuda derivada del Crédito con Aval del Estado. 2° Que dichas actuaciones se enmarcan en el ejercicio de facultades legales de recaud

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica